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Desestiman recurso de Rivera Guerra para impugnar las primarias en Aguadilla

El exrepresentante del PNP perdió ante Yanitzia Irizarry Méndez en la carrera por candidatura a la alcaldía.

El Tribunal de Primera instancia desestimó por falta de jurisdicción la petición del exrepresentante novoprogresista José Luis Rivera Guerra, quien presentó un recurso contra la Comisión Estatal de Elecciones impugnando los resultados de las primarias a la alcaldía de Aguadilla, en las que perdió ante Yanitzia Irizarry Méndez.

Rivera Guerra expuso una serie de irregularidades y alegó que violentaron los derechos constitucionales de los ciudadanos, minando la confiabilidad del proceso electoral y la protección del voto en Aguadilla. Los incidentes incluyeron  la falta de materiales, como ocurrió en muchos otros lugares del país y razón por la cual aplazaron las primarias.

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Irizarry Méndez, por otra parte, presentó una moción de desestimación al recurso de Rivera Guerra argumentando que Rivera Guerra “no ha presentado ni alegado cual es la decisión, resolución, determinación u orden de la CEE o la Comisión Local que le afecta adversamente”, lee la sentencia.

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“El Municipio de Aguadilla no fue de los Precintos donde se reclamó que no se garantizaron ocho (8) horas de votación conforme al Acuerdo Unánime de las Comisiones de Primarias del PNP y PPD y la Orden emitida por el Tribunal Supremo en el caso Pierluisi, Quiñones, Delgado, Vázquez, supra”, sostiene el documento.

“La Petición presentada, no pretende que este Tribunal revise una determinación de la CEE, o de la Comisión de Primarias del PNP, típicamente presentado al amparo del Artículo 13.2 del Código Electoral de 2020. Dicho peticionario no identifica algún dictamen de la Comisión y del que pueda recurrir ante este foro. El peticionario pretende, con su petición, que este Tribunal declare nulo el proceso primarista, asunto previamente atendido por nuestro Tribunal Supremo, basado en conjeturas y conclusiones, todas ellas a destiempo, provocando la interrupción del escrutinio general. Al momento de presentar el caso, en la CEE se estaba llevando a cabo el procedimiento necesario para lograr expedir la certificación oficial que pretendió, a destiempo, impugnar”, argumentó el Tribunal.

 

 

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