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Colegio de Abogados sostiene “es un reto” crear la Nueva Ley de Armas

Así lo expresó durante la segunda vista pública en torno al Proyecto del Senado 1050, que realiza la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara presidida por el representante Félix Lassalle Toro, que propone crear una “Nueva Ley de Armas de Puerto Rico de 2019”, con el fin de atemperarla al ordenamiento constitucional de Estados Unidos, flexibilizando los requisitos para obtener armas de fuego.

El presidente del Colegio de Abogados de Puerto Rico, licenciado Edgardo Román Espada reconoció, el jueves, el reto que representa para el Estado el crear una nueva ley de armas que no afecte el derecho de unas personas o ponga en riesgo el derecho de otras.

Así lo expresó durante la segunda vista pública en torno al Proyecto del Senado 1050, que realiza la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara presidida por el representante Félix Lassalle Toro, que propone crear una “Nueva Ley de Armas de Puerto Rico de 2019”, con el fin de atemperarla al ordenamiento constitucional de Estados Unidos, flexibilizando los requisitos para obtener armas de fuego.

Román Espada abogó para que no se elimine el requisito de declaración jurada y de la investigación de campo (‘Background Check’). Igualmente planteó su preocupación por el poco tiempo que le da la medida a la Policía estipulado entre 10 y 15 días para realizar la investigación antes de conferirle a un individuo una licencia de armas.

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En esa línea, la presidenta de la Comisión de Derecho Penal, la abogada Wanda Valentín Custodio, quien leyó la ponencia del Colegio por petición de Ramón Estrada amplió que, “el periodo de tiempo estipulado de 120 días es adecuado’. No obstante, a preguntas del representante Lassalle Toro, se puede negociar el periodo y consideró que podrían ser aceptables en 45 días, pero no menos.

Al mismo tiempo, recomendó que la medida disponga que el peticionario indique en su solicitud, todos los lugares en los que ha residido en los últimos 10 años, a los fines de poder investigar su expediente criminal en los mismos. También, “que haya transcurrido un año de la expiración de una orden de protección expedida por un Tribunal antes de que se pueda solicitar la licencia de armas”, dijo el  Licenciado.

Valentín Custodio, amplió a preguntas de Lassalle Toro, que basada en su vasta experiencia como penalista “de las primeras cosas que empecé a no apreciar como el resto de la ciudadanía es el Certificado de Antecedentes Penales”.

Señaló la abogada, que “mucha gente que tiene vida criminal no tiene antecedentes criminales y personas que realmente no son criminales pudieran tener un certificado de antecedentes manchado. Así que, si nos circunscribimos al criterio de antecedentes penales, podríamos dejar afuera personas que no deberían tener armas porque son sujetos antisociales. Por eso el Policía con hacer la investigación del expediente criminal solamente no va  a tener la posibilidad de identificarlo”.

De otra parte, avaló la propuesta de reducir el costo de los aranceles para la obtención de la licencia. Sin embargo, objetó que se elimine el requisito de que se entreguen declaraciones juradas de testigos para obtener el documento. También expresó favorecer sacar del ámbito del tribunal el proceso para que un ciudadano pueda obtener su licencia de portación. La Junta de Gobierno del Colegio hasta hoy, no ha emitido una posición oficial sobre esta medida, por lo que reconoció que en su matrícula “hay una diversidad de opiniones sobre la medida”.

Entretanto, el coordinador del Comité de Piscología y Política Pública, de la Asociación de Psicología, Ángel Comas Nazario, planteó que existen más de 130 estudios a nivel internacional que demuestran que en los países donde las armas de fuego son más accesibles, tienen, en promedio, tasas más altas de muertes por estas armas, mientras que en países como Japón, Australia y Reino Unido se han aprobado leyes para instaurar mayores controles en la adquisición de armas de fuego, logrando reducir dramáticamente las muertes fatales.

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