No hay duda que el bienestar general exige la cancelación del contrato de LUMA y exige también la transición acelerada a fuentes de energía renovable. Basta ya de excusas.
El gobernador de Puerto Rico expresó categóricamente que la Constitución lo obliga a defender el contrato de LUMA Energy. Una vez más el gobernador nos miente. El gobierno de Puerto Rico, a pesar del amplio rechazo, privatizó la transmisión y la distribución de la energía eléctrica. Contrató a una empresa creada para ese propósito. El contrato y la selección de la empresa fueron “taylormade”.
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Sin embargo, la gestión de LUMA ha sido tan desastrosa que no ha podido siquiera cumplir con las obligaciones de un contrato hecho para su beneficio. Un contrato leonino para el país según descrito por un gran número de personas expertas. Ninguna persona razonable puede negar que LUMA ha incumplido con sus obligaciones.
Por eso, el gobernador tiene la facultad de cancelar el contrato. Según el Código Civil, en los contratos con prestaciones recíprocas -como el de LUMA- una parte puede suspender el cumplimiento de su prestación si la otra parte está imposibilitada de cumplir. Se suspende aunque sea por causas que no le son imputables; o como ocurre con LUMA, por ser previsible que seguirá incumpliendo. La obligación del gobernador es asegurarse que LUMA cumple con sus obligaciones, por lo que debe tomar las medidas necesarias ante su reiterado incumplimiento, incluyendo resolver el contrato.
Pero ante las omisiones del gobernador, la legislatura podría -y debería- aprobar una ley que cancele la privatización. Según resuelto por el Tribunal Supremo, si se cancela el contrato por esta vía y LUMA presenta una reclamación alegando un menoscabo sustancial a su contrato, le correspondería a la Rama Judicial determinar si la cancelación de ese contrato persigue adelantar un interés gubernamental importante. Es decir, una vez se determine que el menoscabo es sustancial, se procedería auscultar si la cancelacion del contrato de LUMA persigue adelantar un interés importante en beneficio del bienestar general. La respuesta es evidente: el bienestar general exige la cancelación del contrato de LUMA.