El representante y presidente de la Comisión de Desarrollo Económico, Planificación, Telecomunicaciones, Alianzas Público-Privadas y Energía, Luis Raúl Torres Cruz aprobó el jueves, el informe de legislación para disponer que la creación o contratación de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) con compañías, sociedades, o corporaciones subsidiarias con fines pecuniarios o no pecuniarios, afiliadas o asociadas para determinados fines, deberá ser ratificado por la Asamblea Legislativa mediante Resolución Concurrente.
El Proyecto del Senado 213, de la autoría de los senadores Javier Aponte Dalmau y Ramón Ruiz Nieves, fue aprobado el pasado 23 de marzo de 2021 y hoy fue avalado unánimemente y presentado sin enmiendas durante una vista pública de consideración final.
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‘’Esta Asamblea Legislativa nunca ha consentido a delegar en la Autoridad de Energía Eléctrica, ni en ninguna agencia, corporación o división de la Rama Ejecutiva el poder para la extinción directa o indirecta de dicha corporación pública. Ante esto, esta Asamblea, mediante la presente Ley, retoma sus responsabilidades de salvaguardar el interés público en la toma de decisiones sobre el futuro de los activos y la operación de la Autoridad’’, expresó mediante comunicación escrita el senador Aponte Dalmau.
El estatuto busca enmendar el inciso (u) de la Sección 5 de la Ley 83-1941, según enmendada, conocida como “Ley de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico” para que lea como ‘’Poderes y Facultades’’.
El proyecto requeriría la ratificación de la Asamblea Legislativa para varias facultades de la AEE que ahora solo requieren aprobación del Negociado de Energía (NE) como, por ejemplo, entrar en acuerdos de Alianza Público-Privada y dividirse en subsidiarias para las áreas de generación, transmisión y distribución.
En la medida se incluye en la lista de “determinados fines”, otros incisos como el de “desarrollar, financiar, construir y operar proyectos industriales y otras infraestructuras directamente relacionadas con la maximización de la infraestructura eléctrica de la Autoridad (para tener un sistema eléctrico estable, de la más alta tecnología, sostenible, confiable y altamente eficiente)”.
También añaden “adquirir, tener y disponer de valores y participaciones, contratos, bonos u otros intereses en otras compañías, entidades o corporaciones, ejercer todos y cada uno de los poderes o derechos que tal interés le conceda, siempre que, a juicio de la Junta, dicha gestión sea necesaria, apropiada o conveniente para alcanzar los propósitos de la Autoridad o para ejercer sus poderes”.
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Asimismo, contiene el “vender, arrendar, ceder o de otra forma traspasar cualquier propiedad de la Autoridad o delegar o transferir cualesquiera de sus derechos, poderes, funciones o deberes, a cualesquiera de dichas compañías, entidades o corporaciones que estén sujetas a su dominio total o parcial, excepto el derecho a instar procedimientos de expropiación”.
De igual modo, el lenguaje actual de la Ley Orgánica de la AEE, según el Senador, “podría llevar a la absurda conclusión de que esa corporación pública tiene el poder para autoliquidar sin el consentimiento de la Asamblea Legislativa y sin mandato de ley mediante diversos negocios jurídicos que la haga inoperante o inexistente”.
La pieza legislativa fue aprobada con 10 votos a favor. Ahora el proyecto pasa a la consideración del pleno cameral en la próxima sesión legislativa.
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