El juez superior Anthony Cuevas desestimó mediante una sentencia el recurso legal presentado por el candidato de nominación directa a la alcaldía de Guánica, Edgardo Cruz Vélez, en el que este pedía una revisión judicial para que se le adjudicaran 22 votos adicionales que alegaba no se habían contado como parte de la certificación de la Comisión de Estatal de Elecciones (CEE) que dio el triunfo al candidato popular, Ismael “Titi” Rodríguez Ramos.
“Luego de analizar las alegaciones, entendemos que no existen hechos medulares en controversia, sino que nos encontramos ante una controversia de derecho que no requiere la celebración de una vista evidenciaria. Conforme la prueba presentada en las mociones de ambas partes, no existen papeletas sin adjudicar”, concluyó el juez en su sentencia. Cuevas subrayó que la CEE estableció el tracto documental que evidencia que las 22 papeletas fueron contadas.
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“Ante la ausencia de alguna actuación irrazonable, ilegal, arbitraria o que lacere derechos constitucionales de alguna parte, este tribunal está imposibilitado de imponer su criterio ni pasar juicio sobre la sabiduría de la determinación del Presidente de la CEE. No podemos olvidar que existe una presunción de regularidad y corrección a favor de las decisiones administrativas y le corresponde a la parte que las impugne, el deber de presentar ante el foro judicial la evidencia necesaria que permita, como cuestión de derecho, descartar esa presunción de corrección de la determinación administrativa”, agrega el juez en su escrito.
Así las cosas, el juez declaró ha lugar la moción de desestimación de la Comisión Estatal de Elecciones.
Aquí puedes revisar el documento:
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Anoche, en el programa de televisión Jugando Pelota Dura estuvieron ambos candidatos a la alcaldía de Guánica. Tanto Cruz Vélez como Rodríguez Ramos se habían comprometido a no apelar la determinación que tomase el juez Cuevas sobre este caso, de forma que en Guánica ya pueda haber claridad sobre la nueva administración municipal. Incluso, ambos candidatos hablaron de trabajar de forma conjunta por el bien del municipio, uno de los más golpeados por los terremotos del 2020.
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Sin embargo, el Tribunal de Primera Instancia aún tiene pendiente resolver la impugnación que presentara Cruz Vélez a la certificación de Rodríguez Ramos como candidato ganador, luego de que la CEE le adjudicara a aspirante por nominación directa una serie de papeletas en las que los electores habían escrito su nombre, pero sin marcar el recuadro de esa columna. Luego de completar ese ejercicio, la CEE validó que Cruz Vélez había recibido 2,411 votos, frente a 2,356 de Rodríguez Ramos. Bajo ese escenario, serían académicas las 22 papeletas que el juez Cuevas determinó ya se habían adjudicado.
No obstante, la CEE requeriría que la corte le ordene revocar la certificación original a Rodríguez Ramos para poder oficializar el triunfo de Cruz Vélez. Rodríguez Ramos, sin embargo, ha planteado que la CEE violó una orden del Tribunal Supremo al llevar a cabo el recuento que colocó a Cruz Vélez con más votos.
Al amparo de la primera certificación expedida por la CEE, Rodríguez Ramos juró como alcalde el 11 de enero.
Cruz Vélez solicitó en dos ocasiones al Supremo que acogiera directamente el recurso de impugnación, pero en ambas el caso fue devuelto al Tribunal de Primera Instancia mediante decisiones 4-4.