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PNP tampoco apelaría sentencia que concede representación en la CEE a los cinco partidos

La comisionada alterna se mostró conforme con el dictamen del tribunal, pero expresó preocupación por las repercusiones presupuestarias

La sentencia del juez Anthony Cuevas que concedió representación en el pleno de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) al Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) y Proyecto Dignidad parecería advenir final y firme, toda vez que el Partido Nuevo Progresista (PNP) seguiría los pasos del presidente del organismo, Francisco Rosado Colomer, y se abstendrían de elevar la controversia en apelación.

La comisionada alterna de la Palma, Vanessa Santo Domingo, afirmó estar satisfecha ante el hecho de que Cuevas no declaró inconstitucional las partes del Código Electoral pertinentes a los derechos de los partidos, sino que estipuló que, tras los resultados de las pasadas elecciones, debían aplicarse los principios de la ley previa.

“Estamos conformes en que los partidos retengan su franquicia electoral y participen del pleno de la Comisión. Es algo que ya el gobernador (Pedro Pierluisi) había expresado claramente. Más allá de eso, parte de nuestra satisfacción con la sentencia es que no determina que es inconstitucional el Código Electoral, simplemente era una cuestión de cómo se aplicaba la retención de esas franquicias de cara al próximo ciclo electoral. La realidad es que el presidente de la CEE tuvo que aplicar cómo se retenían las franquicias electorales conforme al Código Electoral 2020, y este proceso en el tribunal se tenía que dar de una manera u otra”, expresó Santo Domingo.

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La ley electoral vigente desde 2011 disponía que todos los partidos que lograran su reinscripción automática en las elecciones generales retendrían su representación ante la CEE. Sin embargo, el nuevo Código estipula que el pleno de la CEE se compondrá de entre dos y tres partidos, disposición que Cuevas decidió solo podrá entrar en vigor a partir de 2024.

En sus argumentaciones a nivel administrativo y judicial, tanto el PNP como la CEE aludieron al costo que significaría la representación de los cinco partidos en el organismo como un motivo razonable para impedir que el PIP, MVC y Proyecto Dignidad contaran con comisionados electorales “propietarios”.

Según Rosado Colomer, el costo anual por cada partido asciende a $1.2 millones.

“Nos preocupa y fue uno de los planteamientos que hicimos ante el tribunal. Entendimos que el tribunal no consideró, o no le prestó suficiente importancia a la crisis fiscal que estamos viviendo en todas las agencias gubernamentales, que ha sido necesario hacer unos recortes. No obstante, tenemos que tomar las medidas presupuestarias o solicitar que se nos aumente el presupuesto para poder cumplir”, sostuvo Santo Domingo.

La comisionada alterna, por otro lado, dio a entender que la postura del PNP es que el PIP sea reconocido como el “tercer partido” de la CEE, en lugar del MVC, que llegó en tercera posición en la candidatura a la gobernación y en la cantidad de votos íntegros en la papeleta estatal.

“Esos partidos tendrían los mismos derechos que tuvieron en 2019 y 2020 cuando se inscribieron. No son más, no son menos. Son los que tenían en ese momento”, dijo la abogada.

¿El tercer partido debe ser el PIP o MVC?, le preguntó Metro.

“Nosotros entendemos que cualquier determinación se tiene que hacer conforme al Código Electoral 2020 y es una controversia que ambos partidos, tanto el PIP como el MVC, van a tener que llevar al pleno de la Comisión y hacer la determinación en su momento. Nuestra posición es que el tercer partido debe ser aquel que cumple con los requisitos establecidos en el Código Electoral para que pueda ser considerado como tal”, recalcó Santo Domingo.

De los tres “partidos estatales”, únicamente el PIP cumplió con el requisito de la nueva ley de postular candidatos a las alcaldías y legislaturas municipales en al menos 39 de los 78 municipios.

Sin embargo, tanto el MVC como el Proyecto Dignidad han planteado que el requisito era imposible de cumplir, porque el Código Electoral se convirtió en ley meses después la fecha de cierre de candidaturas.

Un asunto que quedaría por resolver sería si el tercer partido tendría representación en las Juntas de Inscripción Permanente, ya que la ley electoral redujo de tres a dos la cantidad de colectividades que constituyen el balance institucional en esos espacios.

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