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Suspenden al expresidente de la CEE de ejercer la abogacía

El Supremo emitió la decisión de manera inmediata y la suspensión será por tiempo indefinido

Rafael Ramos - CEE Foto: Para La Isla Oeste

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El Tribunal Supremo Supremo de Puerto Rico suspendió indefinidamente de la profesión legal al exjuez y expresidente de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), Rafael Ramos Sáenz. La decisión entrará en vigor inmediatamente.

La suspensión llega casi un año y medio después de la polémica que rodeó al exjuez tras haberse declarado culpable de 18 delitos por aprovechamiento ilícito y enriquecimiento ilícito, así como una denuncia por participar de un chat de WhatsApp con miembros del equipo del exgobernador Ricardo Rosselló cuando aún era juez.

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Ramos Sáenz tiene 30 días para cumplir con el mandato del Supremo que le obliga a notificarle a sus clientes, si alguno, sobre su inhabilidad de continuar representándolos.

Además, debe devolver los honorarios por trabajos no realizados e informar oportunamente de su suspensión a cualquier foro judicial y administrativo en el que tenga un caso pendiente.

La decisión del Supremo emitida ayer, lee que “surge de los mensajes de texto en cuestión, aun cuando éste ostentaba su cargo de Juez Municipal, se reunía pública y abiertamente con dicho equipo de trabajo. También, como consecuencia de la investigación llevada a cabo, se denunció el uso indebido de su correo electrónico oficial y el equipo de la Rama Judicial para realizar gestiones relacionadas con dicho grupo”.

Asimismo, participó y colaboró activamente en la configuración de propuestas que formaron parte de la plataforma política de dicho candidato, y posteriormente del partido, así como en actividades político-partidistas de cara a los comicios del 8 de noviembre de 2016, aun cuando esto era evidentemente incompatible con sus funciones como juez.

“Ante los hechos de este caso, es innegable que las referidas convicciones del licenciado Ramos Sáenz afectan sus condiciones morales e implican depravación moral, lo cual es totalmente incompatible con la práctica de la abogacía. Por tal razón, procede que decretemos su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la profesión legal”, sentenció el Tribunal.

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