El Tribunal de Bayamón declaró hoy a María José Casellas Paredes tercer custodio de su padre, Pablo Casellas Toro, lo que permitirá que una vez el acusado preste una fianza pueda quedar en libertad.
La resolución de la jueza Marta María Rosario establece que “luego de estudiar los hechos del caso y evaluar las mociones presentadas y adoptar por referencia los fundamentos antes expuestos, haciéndolos formar parte integral de la presente Resolución, este Tribunal determina que María José Casellas Paredes sea el tercero, custodio del acusado, el Sr. Pablo Casellas Toro”.
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De acuerdo con el documento, Casellas Paredes cumple con todos los requisitos para ser un tercero custodio de su padre.
El dictamen sostiene que la hija tiene “grandes lazos afectivos con su padre” y del testimonio surge que no se considera a sí misma como víctima.
Mira la resolución
PABLO JOSÉ CASELLAS TORO – RESOLUCION by Metro Puerto Rico on Scribd
El 27 de mayo de 2020, el Tribunal de Primera Instancia (TPI) de Bayamón celebró -por videoconferencia-la vista para fijar fianza y mediante una Resolución impuso una fianza de un millón de dólares para el delito de asesinato en primer grado; 500 mil dólares para el delito de destrucción de pruebas, y 500 mil dólares por la infracción al Artículo 5.15 de la Ley de Armas. En los tres delitos se le impuso como Condición Especial la Supervisión Electrónica con ‘Lock Down’. Además, el foro de primera instancia exigió como otra condición especial la comparecencia de un tercer custodio “para ser evaluado y cualificado por la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio para poder ser excarcelado”.
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El 3 de junio de 2020 la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio (OSAJ) presentó una Moción Informativa con Relación a Condiciones de Supervisión Electrónica, Tercer Custodio y Domicilio. En la misma señaló que, al momento de rendir su informe el 28 de mayo de 2020, no se había presentado un familiar para ser evaluado como tercer custodio, pero que ese mismo día se entrevistó a la señorita María José Casellas Paredes, la cual compareció a las oficinas de la OSAJ.
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Concluyó el Programa de Servicios con Antelación al Juicio (PSAJ) PSAJ que Casellas Paredes no podía ejercer el control necesario sobre su padre el señor Casellas Toro para garantizar el cumplimiento de las condiciones impuestas.
Ante esa determinación, el TPI ordenó a los abogados de Casellas Toro a presentar otra persona como tercer custodio.
El 11 de junio de 2020 el señor Casellas Toro presentó un Escrito en Solicitud de Reconsideración en Cuanto a Tercer Custodio. Posteriormente, el Apelativo ordenó celebrar una vista.