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Aseguran no habrá extensión de fecha en pago de enfermedad a maestros retirados

Piden a maestros que entreguen sus documentos para que reciban su pago

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La presidenta de la Asociación de Maestros, Elba Aponte Santos, hizo un llamado el jueves a los maestros que se les aprobó su retiro en o antes de marzo de 2017 para que entreguen los documentos requeridos para que puedan recibir el pago de licencias por enfermedad.

“El ultimo día será el próximo lunes, 16 de diciembre de 2019 y no habrá prórroga. Exhortamos a todas las personas que conocen maestros del sistema público que se retiraron en el 2017 a que les compartan esta información que ya ha sido divulgada en diferentes periódicos locales y en Florida, además de nuestras redes sociales”, explicó Aponte Santos en comunicación escrita.

La AMPR publicó el aviso detallando la fecha límite que tenían los maestros elegibles bajo el acuerdo para registrarse con la AMPR y proveer los documentos que demostraban su elegibilidad para recibir el pago de su licencia por enfermedad acumulada, hasta un máximo de 90 días.

“Aquellos maestros elegibles que forman parte del caso de epígrafe: Asociación de Maestros de Puerto Rico et als. v. Departamento de Educación et als, Caso Número SJ2017CV00542 ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior del Centro Judicial de San Juan, y que cumplan con los requisitos establecidos en el acuerdo y que su retiro haya sido efectivo al finalizar el año escolar 2016-2017, se supone ya hayan entregado a la AMPR toda evidencia necesaria para acreditar su balance de licencia por enfermedad acumulada. Los que no estaban en la demanda se les otorgó un periodo de 60 días y se publicaron varios avisos en los medios de prensa escrita y digitales para poderlos integrar a esta demanda”, indicó Aponte Santos.

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Requisitos para cualificar para el pago

Recomendados

·        Maestro presentó su solicitud de retiro en o antes del 31 de enero de 2017

·        Maestro recibió o debió haber recibido la decisión de retiro para el 31 de marzo de 2017

·        Maestro se retiró al finalizar el segundo semestre del año 2016-2017 o en verano de 2017

·        Tenía balance de enfermedad (hasta un máximo de 90 días y/o en el caso de que el balance de las licencias sea mayor de 4.5 millones de dólares, una cantidad prorrateada de su licencia acumulada)

·        No fue contratado nuevamente por el DE en ninguna capacidad desde su retiro.

Si el maestro cumple con estos criterios y está en la demanda que radicó la Asociación:

·        Tiene que asegurarse que la AMPR posea la evidencia de que se retiró (hoja 409) y la hoja que certifica el balance de enfermedad que tenía al momento de retiro, además de cualquier otra información necesaria que sea requerida.

Si el maestro cumple con estos criterios y no está en la demanda:

·        Tenía que esperar que se publicaran los avisos en prensa escrita y cumplir con los demás requisitos que se indican.

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