El pasado viernes, la Junta de Control Fiscal (JCF) presentó el plan de ajuste de la deuda emitida por el Gobierno Central de Puerto Rico ascendente a $35,000 millones, así como las pensiones de los empleados públicos que llegan a $50,000 millones.
Esos $35,000 millones de deuda del Gobierno central se reducen a $12,000 millones con los recortes establecidos en el plan de ajuste. El documento, de 173 páginas, detalla todos los acuerdos alcanzados por el ente creado por la Ley Promesa con bonistas, pensionados y suplidores, entre otros acreedores del Gobierno. Asimismo, contiene una política de gestión de deuda que establece parámetros que debe seguir el Gobierno a la hora de pedir prestado en el futuro.
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La directora ejecutiva de la JCF, Natalie Jaresko, indicó que con la publicación del plan esperan que más acreedores se unan, ya que el proceso de mediación permite votar a los afectados. Hasta el momento, se han sumado al proceso 39 grupos a los que el Gobierno les debe. A continuación, detallamos cinco puntos importantes del plan que deben conocer:
Declaración de divulgación
Es el manual para el acreedor y contiene 1,869 páginas. Su propósito es proveer una visión del plan, a fin de que todo acreedor pueda establecer su posición a favor o en contra del plan de ajuste, ya que, en algún momento del proceso, cuando culmine la mediación, todos los acreedores incluidos deben votar. El Tribunal Federal es el encargado de evaluar también dicho documento. Luego realizará una vista para aprobarlo si considera que contiene toda la información que necesitan los acreedores.
La declaración incluye factores de riesgo que los votantes deben analizar antes de aceptar o denegar el plan. Al igual que el plan de ajuste, la declaración de divulgación puede ser modificado durante el proceso judicial.
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Desde la radicación hasta la confirmación
Aunque Jaresko estimó que el proceso hasta la confirmación final del plan podría tomar unos nueve meses, el número de litigios que se espera que se presenten en contra del plan y el proceso de mediación ha hecho que expertos estimen que podría tardar más de un año.
El proceso incluye la radicación del plan, que fue lo que ocurrió el viernes pasado, el proceso de negociación y litigios, del que se encargará la jueza Barbara Houser, la votación por parte de los acreedores, y por último, la confirmación por parte de la jueza Laura Taylor Swain.
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¿A quién representa la Junta?
La Junta sometió el plan de ajuste en representación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la Autoridad de Edificios Públicos y el Sistema de Retiro de Empleados del Gobierno de Puerto Rico.
De igual forma, los acreedores son 39 clases diferentes, que incluye a bonistas, suplidores de Gobierno, así como a empleados activos y pensionados.
Según dispone la Ley Promesa, es la Junta quien representa al Gobierno en el Tribunal Federal.
Empleados de Gobierno
Los empleados activos y retirados del Gobierno de Puerto Rico (clase 25 del plan de ajuste) se dividen en cinco subclases: 1) reclamos de jubilados, 2) reclamos de participantes activos del Sistema de Retiro de Empleados (SRE), 3) reclamos de participantes activos del Sistema de Retiro de la Judicatura, 4) reclamos de participantes activos del Sistema de Retiro de Maestros, y 5) reclamos de participantes del Sistema 2000.
Todos los detalles sobre cómo se medirán los beneficios de los retirados y cómo se hará el recorte se encuentran en el Anexo I del plan de ajuste, página 137.
En ese anexo se especifica que, en la categoría de retirados, se incluyen “todos los empleados actuales, anteriores, activos, inactivos y discapacitados (y sus beneficiarios) que, a partir del 3 de mayo de 2017, tenían un beneficio de pensión acumulado (o eran beneficiarios de este)”.
¿Cómo se medirá el beneficio de los jubilados?
Según el plan de ajuste, el beneficio de jubilación mensual total se calculará sumando el beneficio de pensión base mensual, más el bono anual de Navidad (si corresponde) dividido por 12, más el bono anual de verano (si corresponde) dividido por 12, más el bono anual de medicamentos (si corresponde) dividido por 12, pero excluyendo cualquier beneficio mensual de seguro médico.
Esta es la primera de una serie de artículos informativos con el propósito de detallar el plan de ajuste de deuda de Puerto Rico sometido por la Junta de Control.
Cero modificaciones futuras
Todas las leyes, órdenes ejecutivas, reglamentos, políticas públicas, entre otros, que se aprueben después de la confirmación del plan de ajuste, que es el último paso a cargo de la jueza Laura Taylor Swain, que busquen crear o modificar beneficios de los pensionados, son incompatibles con la Ley Promesa, y “no tendrán más fuerza o efecto”. Estos tendrán derecho a recibir su beneficio con el recorte de 8.5 % a las pensiones de $1,200 o más según establecido en el plan.
Sistema de Retiro de la Rama Judicial
Los empleados de la Rama Judicial contratados antes del 1.o de julio de 2014 acumulan beneficios bajo una fórmula de beneficio definido. Mientras, los contratados a partir del 1.o de julio de 2014 acumulan beneficios de acuerdo con una fórmula alternativa de beneficio definido. “Para evitar la creación de futuros pasivos por pensiones y estabilizar el sistema en beneficio de los contribuyentes y futuros jubilados, se modificará la acumulación de beneficios del plan del Sistema de Retiro de la Judicatura (JRS, por sus siglas en inglés). Al hacerlo, los miembros del JRS retendrán los beneficios que han acumulado hasta la fecha”. Ahí se establece la congelación de los beneficios el 1.o de julio de 2019.
Cambios en la edad de retiro para jueces
Los miembros del JRS que no son elegibles para retirarse a partir del 1.o de julio de 2019 y antes del 31 de diciembre de 2019 serán elegibles para retirarse en la fecha en que el miembro del JRS hubiera cumplido diez (10) años del servicio acreditable.
Las edades de elegibilidad para la jubilación posterior al 31 de diciembre de 2019 son 61 años para los que al 1.o de julio de 2019 tenían 57 años en adelante; 62 para los que tenían 56 para el 1.o de julio; y 63 años para los que tenían 55 años o menos al 1.o de julio de 2019.
Eliminación de bonos a empleados de la judicatura
El “bono de Navidad, verano y medicina ya no se pagará a miembros del JRS que se jubilen después de la fecha de congelación. Además, la contribución del plan de seguro médico también se eliminará para las jubilaciones tomadas después de la fecha de congelación”. La fecha de congelación es el 1.o de julio de 2019.
Además, se elimina el ajuste de costo de vida (COLA), que era de un 3 % cada tres años. Este aumento se elimina para todos los miembros del retiro del sistema judicial.
Participantes del Sistema 2000
Los participantes del Sistema 2000 “recibirán el monto de sus contribuciones a estos planes desde 2000 hasta el 30 de junio de 2017, cantidad que será depositada en las cuentas de aportaciones definidas establecidas en virtud de la Ley 106-2017. El monto total de las cuentas de estos empleados públicos asciende a $1,360 millones.
Esta disposición es parte del acuerdo de la Junta con Servidores Públicos Unidos de Puerto Rico, Concilio 95 AFSCME. Allí se establece que se congelarán los convenios colectivos por cinco años.
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