La directora ejecutiva de la Junta de Control Fiscal (JCF), Natalie Jaresko notificó el jueves, vía correo electrónico al gobernador, Ricardo Rosselló Nevares sobre el incumplimiento de este, al firmar la Ley 204 de 2018 “Ley para implementar el presupuesto del Gobierno de Puerto Rico para el año fiscal 2018-2019” sin el previo aviso y certificación de la JCF.
“La Junta no solo recibió la Ley 204-2018 más de 7 días hábiles después de su promulgación como ley, en contravención de la Sección 204 (a) (1), sino que tampoco fue acompañada por el cálculo del costo o la certificación del cumplimiento o incumplimiento que la Sección 204 (a) (2) requiere. Por consiguiente, de conformidad con la Sección 204 (a) (3) (A) y la Sección 204 (a) (3) (B), la Junta le notifica que la Ley 204- no incluye el cálculo del costo y la certificación de cumplimiento o incumplimiento. Además, de conformidad con la Sección 204 (a) (4) (A), la Junta le está indicando que proporcione el cálculo del costo faltante y la certificación de cumplimiento o incumplimiento”, sostuvo Jaresko en la carta.
PUBLICIDAD
Te podrían interesar:
“Además, habiendo revisado la Ley 204-2018, la Junta de Supervisión cree que es significativamente inconsistente con el Plan Fiscal”, añadió.
Entre los puntos en incumplimiento señaladas por la JCF se encuentran:
- • La Sección 2 indica que el presupuesto operativo es el aprobado por la Legislatura, en lugar del certificado y presentado por la Junta de Supervisión (el “Presupuesto”);
- • La Sección 3 autoriza a OMB a proporcionar, en un solo mes, la asignación anual completa o una porción que sea mayor a una cuota de 1/12, lo cual es inconsistente con el Presupuesto;
- • La Sección 3 establece que las asignaciones para la Legislatura se relacionan con: (i) entidades sin fines de lucro que son “públicas, semipúblicas o privadas” bajo la supervisión de entidades gubernamentales; o (ii) los fondos bajo la custodia del Comité Conjunto Especial sobre Fondos Legislativos para el Desarrollo Comunitario asignados a entidades sin fines de lucro se desembolsarán en su totalidad antes del 30 de septiembre de 2018, lo cual es inconsistente con el Presupuesto;
- • La Sección 5 permite que el uso de las asignaciones para el año fiscal 2018 se use durante 9 meses después del final del año fiscal, lo cual es inconsistente con el límite de 60 días requerido por el Presupuesto;
- • La Sección 5 permite que la Legislatura, el Poder Judicial y los municipios usen apropiaciones para años anteriores sin límite, lo cual es inconsistente con el límite de 60 días para el año fiscal 2018 y la prohibición completa del uso de los años fiscales anteriores requeridos por el Presupuesto;
- • La Sección 6 autoriza a OMB a reprogramar (redistribución) hasta 10% del monto agregado de las apropiaciones autorizadas, lo cual es inconsistente con el requisito en el Presupuesto de que cualquier reprogramación (reasignación) de asignaciones se haga con la aprobación previa de la Junta de Supervisión ; y
- • La Sección 7 autoriza a OMB a reprogramar (redistribuir) las asignaciones según sea necesario para implementar los planes de reorganización del organismo gubernamental, lo cual es inconsistente con el requisito en el Presupuesto de que cualquier reprogramación de asignaciones se haga con la aprobación previa de la Junta de Supervisión.
Jaresko concedió hasta el 17 de septiembre de 2018 para recibir la estimación del costo requerida y la certificación del cumplimiento o incumplimiento de la Ley 204-2018.