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Hacienda anuncia que Amazon comenzará a cobrar IVU

A partir del 1 de abril de 2018.

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 El secretario del Departamento de Hacienda, Raúl Maldonado Gautier, anunció que la agencia ha establecido un acuerdo colaborativo con la empresa Amazon.  A partir del 1 de abril de 2018, Amazon comenzará a efectuar el cobro de del Impuesto sobre Ventas y Uso (“IVU”) sobre ventas de bienes a compradores en Puerto Rico.

“En el ejercicio de sus funciones y responsabilidades, el Departamento de Hacienda ha estado en conversaciones con varios de los principales vendedores al detal a través del internet con el fin de auscultar la posibilidad de establecer acuerdos colaborativos con éstos y llevar a cabo las gestiones pertinentes para el manejo de ventas de partidas tributables a través del internet que pudieran estar sujetas a IVU bajo las leyes de Puerto Rico lo que representa un logro importante para la administración del gobernador Ricardo Rosselló”, señaló el funcionario.

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El también Principal Oficial Financiero del Gobierno explicó que la formalización de dicho acuerdo es parte de una relación colaborativa continua entre el Departamento de Hacienda y Amazon para desarrollarlos procesos necesarios para la determinación y el cobro de IVU en compras por internet realizadas por consumidores en Puerto Rico.  En ese sentido, el Departamento de Hacienda se mantendrá en colaboración con la empresa Amazon para proveer la orientación que sea necesaria para el cumplimiento de todas las obligaciones contributivas que le sean aplicables.

El Departamento de Hacienda es la agencia responsable de la administración y fiscalización de las contribuciones establecidas en el Código de Rentas Internas de Puerto Rico.  La Ley Núm. 25 de 29 de abril de 2017 dispone que todo comerciante dedicado a la venta de propiedad mueble tangible a compradores en Puerto Rico a través de internet, conocido también como “agente no Retenedor”, podrá voluntariamente solicitar ser considerado un agente retenedor para propósitos del IVU quedando así obligado a cobrar y remitir el IVU correspondiente conforme a los términos y condiciones acordados entre dicho comerciante y el Departamento de Hacienda.

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