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Justicia somete 123 cargos contra hotel por evasión de “room tax”

Los cargos fueron contra Bahía Salinas Beach Hotel, Fundación Hispanoamericana de Autismo, Sea View Entreprises, Grand Bahía Ocean View Hotel y Ángel Providencio López Nunci, quienes son accionistas, propietarios o administradores de la hospedería localizada en Cabo Rojo.

Hotels.com

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La secretaria del Departamento de Justicia, Wanda Vázquez Garced, informó que la División de Delitos Económicos sometió esta tarde 123 cargos contra Bahía Salinas Beach Hotel o Grand Bahía Ocean View Hotel por concepto de impuestos al adeudar 199,630 dólares a la Compañía de Turismo.

El juez Edgar Figueroa Vázquez, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, encontró causa probable para arresto en las 123 denuncias por apropiación ilegal de fondos públicos al amparo de la Ley de Impuesto sobre el Canon por Ocupación de Habitación, Ley 272 del 9 de septiembre de 2003.

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Los cargos fueron contra Bahía Salinas Beach Hotel, Fundación Hispanoamericana de Autismo, Sea View Entreprises, Grand Bahía Ocean View Hotel y Ángel Providencio López Nunci, quienes son accionistas, propietarios o administradores de la hospedería localizada en Cabo Rojo.

La fianza global impuesta fue de 20,500 dólares y la vista preliminar fue señalada para el 5 de julio.

El caso fue referido al Departamento de Justicia por parte de la Compañía de Turismo contra Bahía Salinas Beach Hotel para la correspondiente investigación, al amparo del artículo 20 de la Ley de Impuesto sobre el Canon por Ocupación de Habitación.

Según la pesquisa, desde enero de 2014 hasta mayo de 2017, el hotel cobró y retuvo el impuesto sobre el canon por ocupación de habitación a sus huéspedes, conocido como el “room tax”, pero dejó de rendirlo a la Compañía de Turismo.

Tanto el hotel como sus accionistas, propietarios y administradores tienen la obligación de recaudar, retener y remitir a la Compañía de Turismo el impuesto sobre el canon por ocupación de habitación. Ello, conforme al artículo 28, inciso A, de la ley que dispone lo siguiente: “Todo hostelero que de acuerdo con el artículo 27 de esta Ley esté obligado a recaudar y retener el impuesto remitirá mensualmente a la Compañía el importe total del impuesto recaudado durante el período comprendido entre el primero y el último día de cada mes.  Esta remesa deberá hacerse no más tarde del décimo día del mes siguiente al que se recaude dicho impuesto”.

“El Departamento de Justicia continúa ejerciendo sus funciones para hacer cumplir las leyes fiscales que nutren los recursos del Gobierno. No podemos permitir que empresas privadas obvien su responsabilidad contributiva. El departamento continuará adelantando las investigaciones en curso y augura que vendrán casos adicionales”, adelantó la titular de Justicia.

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