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Tribunal ordena a Puma Energy no interferir con el uso de válvulas para transferir combustible a Central San Juan

El juez Anthony Cuevas Ramos declaró no ha lugar a la moción de desestimación presentada por Puma

El juez superior Anthony Cuevas Ramos ordenó a la empresa Puma Energy no impedir el uso de tuberías que llevan combustible a la Central San Juan de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).

Cuevas Ramos declaró no ha lugar a la moción de desestimación presentada por Puma luego que la AEE los demandara por impedir el flujo de combustible.

“Le ordenamos a PUMA Energy Caribe, LLC o a cualquiera de sus oficiales, agentes, sirvientes(as), empleados(as) y abogados o abogadas y/o aquellas personas que actúen de acuerdo o participen activamente con ellas, que cesen y desistan de prohibir, impedir o interferir, ya sea a través de la manipulación de las tuberías y/o válvulas, colocar candados, vallas o cualquier obstrucción que impida el uso, parcial o total, de la tubería objeto de la controversia de autos, para transferir el combustible hacia los tanques de las Unidades 5 y 6 de la Central de San Juan“, lee la sentencia parcial del juez del Tribunal de San Juan.

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“De igual manera, asegurarse de cerrar las válvulas para que se pueda crear la presurización necesaria en el sistema. Se advierte que el incumplimiento con esta Orden será causa suficiente para ordenar su arresto e ingreso a la cárcel por desacato criminal”, abundó Cuevas Ramos.

El presente caso tiene su génesis el 26 de noviembre de 2021, cuando la AEE presentó una Demanda jurada contra Puma Energy Caribe, LLC (Puma), la Administración de Terrenos de Puerto Rico (Administración), BEST Petroleum Corp. (BEST), Novum Energy Trading, Inc. (Novum), al amparo de la Regla 57 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R.57.

En síntesis, la AEE alegó que Novum resultó el proponente agraciado en cuanto al suplido de diésel luego de un proceso de Request For Proposal. Debido a unos trabajos, Novum se ve impedida de descargar el combustible en el terminal adyacente a la Central de San Juan de la AEE. Por tal razón, la AEE contrató con BEST para descargar el producto en el Cataño Oil Dock (COD).

El COD es una propiedad de la Administración de Terreno la cual fue cedida en arrendamiento a cinco compañías, entre las que se encuentran PUMA y BEST. El 22 de noviembre de 2021, llegó un barco de diésel de Novum con alrededor de 120,000 barriles de diésel. Al estos intentar descargar el producto desde el COD, Puma se negó a cerrar sus válvulas, causando que fuera imposible descargar los barriles de diésel.

En su sentencia, el juez Cuevas Ramos dio validez a la postura de la AEE de que la interrupción en el suplido de combustible podía provocar interrupciones en el servicio eléctrico.

“…se ha demostrado, mediante el testimonio del (director ejecutivo de la AEE) Ing. Josué Colón, que, de no tener acceso a transportar el combustible por la tubería en controversia, un porcentaje alto de la ciudadanía se quedaría sin energía eléctrica, debido a que la demanda de energía sería mucho más alta que lo que se pudiera generar. Esta merma en la generación constituye un daño al sistema eléctrico el cual no solo le causa un daño particular a la entidad que tiene la función de asegurarse de que todas las personas tengan energía eléctrica, la AEE, sino que a todas las personas que se verían afectadas por cortes al servicio de energía eléctrica debido a apagones selectivos por periodos de tiempo mayor de lo usual”, lee parte de la sentencia.

 

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