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Luis Raúl Torres asegura LUMA no cumplió y procede arresto del CEO Wayne Stensby

Un juez había dado un plazo hasta las 5:00 de esta tarde para que la empresa entregara los documentos solicitados por una comisión cameral

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El representante Luis Raúl Torres dijo al filo de las cinco de la tarde del martes, plazo que dio el juez Anthony Cuevas Ramos para que el CEO de LUMA Energy, Wayne Stensby entregara los documentos requeridos por la Cámara de Representantes, que la empresa no había cumplido con la entrega.

“Debo de informar que el Presidente de LUMA, Wayne Stensby no cumplió con la Orden del Juez, Anthony Cuevas de entregar la información requerida por la Cámara de Representantes. ¡Procede el Arresto!”, escribió el representante en su cuenta de Twitter.

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Torres preside la Comisión de Desarrollo Económico, Planificación, Telecomunicaciones, Alianzas Público Privadas y Energía de la Cámara que investiga el contrato entre el gobierno y LUMA para operar los sistemas de transmisión y distribución de energía eléctrica en la isla.

El juez emitió una orden en la que detallaba los documentos requeridos y el plazo de las 5:00 de la tarde.

“En vista de lo anteriormente expuesto, se ORDENA a LUMA ENERGY LLC y LUMA ENERGY SERVCO LLC, por conducto de su Presidente, Sr. Wayne Stensby que proceda inmediatamente a entregar a la Comisión de Desarrollo Económico, Planificación, Telecomunicaciones, Alianzas Público Privadas y Energía todos los documentos solicitados en los siguientes requerimientos: Requerimiento para la producción de documentos, del 15 de marzo de 2021.

  1. Todas las facturas, timesheets, documentos de apoyo, generadas por los empleados, consultores y contratistas de LUMA Energy durante el proceso de transición (front end transición period). (No los resúmenes que aparecen en la página de la P3 y los informes mensuales de LUMA Energy al negociado)
  2. Estudios, proyecciones y estimados preparados por LUMA Energy sobre la cantidad de empleados que tiene que contratar para poder operar el sistema de transmisión y distribución conforme al contrato.

Segundo requerimiento para la producción de documentos, del 23 de marzo de 2021.

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  1. Provea las minutas, audios y grabaciones de todas las reuniones celebradas por LUMA Energy ServCo, LLC y LUMA Energy ManageCo, LLC y cualquier de sus subsidiarias, desde el comienzo de sus operaciones en Puerto Rico hasta el presente.
  2. Provea todas las comunicaciones, tales como, pero sin limitarse a cartas, correos electrónicos (emails), mensajes de texto, entre el presidente de LUMA Energy, y cualesquiera de sus subsidiarias, con cualquier funcionario del gobierno de Puerto Rico, sobre información que tenga cualquier funcionario del gobierno de Puerto Rico, sobre información que tenga cualquier clase de relación o conexión con los procesos antes, durante y después de la aprobación y certificación del acuerdo o contrato de LUMA ENERGY en Puerto Rico.
  3. Provea la compensación anual total del Presidente, y los seis principales ejecutivos de LUMA ENERGY en Puerto Rico. Favor hacer un desglose de los beneficios marginales.
  4. Provea información, tal como, pero sin limitarse a cartas, minutas, correos electrónicos (emails), entre otros, de la reunión o las reuniones, que certifiquen la elección del Presidente de LUMA ENERGY en Puerto Rico.
  5. Provea información de los miembros de la Junta de Directores de LUMA ENERGY SERVCO y LUMA ENERGY MANAGECO, incluyendo nombre legal, compensación, posición y lugar de residencia.
  6. Provea la lista de los empleados de la Autoridad de Energía Eléctrica que han sido entrevistados hasta la fecha.
  7. Provea la lista de cualquier empleado de la Autoridad de Energía Eléctrica que ha sido reclutado hasta la fecha, incluyendo sus puestos y salarios.

Se le advierte que tiene hasta el día de hoy 9 de noviembre de 2021 a las 5:00 de la tarde para cumplir con esta Orden. Transcurrido dicho término sin haber cumplido y apercibido el Tribunal de su incumplimiento se procederá a ordenar el arresto e ingreso inmediato del señor Wayne Stensby hasta que cumpla con la entrega de todos los requerimientos aquí ordenados”, reza la Resolución de 16 páginas.

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