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La Cámara de Representantes responde a la apelación de Luma Energy en caso de solicitud de información

El consorcio energético busca que el Tribunal Apelativo revierta la decisión del Tribunal de Primera Instancia, que ordenó la entrega de toda la documentación exigida

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El representante Luis Raúl Torres, por medio de su representación legal, contestó esta tarde a la apelación que presentó Luma Energy como parte del proceso judicial en que la Cámara baja busca forzar a la empresa a responder a decenas de requerimientos de información relacionadas con su operación de la red de transmisión y distribución eléctrica.

En el alegato, los licenciados Jorge Martínez Luciano y Emil Rodríguez Escudero defendieron las amplias facultades legislativas para realizar investigaciones, así como la de Torres para presentar la demanda inicial en su carácter de presidente de la Comisión de Desarrollo Económico, Planificación, Telecomunicaciones, Alianzas Público Privadas y Energía, por lo que solicitaron el Tribunal de Apelaciones que sostenga la sentencia del juez Anthony Cuevas.

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Uno de los argumentos de Luma Energy, al presentar su apelación a la orden del Tribunal de San Juan de que produjeran toda la información solicitada, fue que la demanda debió haber sido presentada por el presidente de la Cámara de Representantes, Rafael “Tatito” Hernández, a nombre del cuerpo.

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Los abogados de Torres plantearon que el Código Político, en su artículo 34-A, concede el poder de acudir a los tribunales al “presidente o vicepresidente de cualquiera de dichos organismos legislativos”, en referencia a comisiones, subcomisiones o el pleno de alguna cámara.

Asimismo, la representación de Torres argumentó que la investigación sobre el desempeño de Luma Energy continúa siendo “una controversia viva y vigente”, pese a que la comisión entregó el informe final de la Resolución de la Cámara (RC) 136, bajo la cual comenzó la pesquisa. En la contestación a la apelación, expusieron que tanto la RC 243 como la RC 446 continúan su curso.

En el caso de esta última, su título ordena a la comisión que preside Torres “realizar una investigación exhaustiva entorno al contrato otorgado entre la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y LUMA Energy para operar, administrar, mantener, reparar y restaurar la red eléctrica de dicha corporación pública por un periodo de 15 años”.

Sobre el tercer señalamiento de error que argumentó Luma Energy en su apelación, a los efectos de que no recibieron el debido proceso de ley cuando el juez Cuevas concedió el recurso solicitado por Torres, los abogados del representante arguyeron que el Tribunal de Primera Instancia no tiene margen discrecional cuando un cuerpo legislativo reclama la entrega de información solicitada a un testigo.

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“La única forma en la cual se puede hacer un planteamiento de violación de derechos constitucionales es solicitando que este Honorable Tribunal revierta la presunción de constitucionalidad de la que goza ese y cualquier otro estatuto”, dice el alegato, en referencia nuevamente al artículo 34-A del Código Político.

Antes de acudir al Tribunal Apelativo, Luma Energy llevó el caso ante la jueza Laura Taylor Swain, que preside la reestructuración de la deuda de la Autoridad de Energía Eléctrica, bajo la premisa de que la investigación legislativa atentaba contra la capacidad de operar del consorcio y cumplir con sus obligaciones contractuales. Sin embargo, Swain concluyó que no tenía jurisdicción sobre la controversia y devolvió el caso al foro estatal.

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