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Aprueban medida que establece fondo especial para financiar prevención de violencia doméstica

La medida crea el Fondo Especial para el Financiamiento del Desarrollo e Implementación de Estrategias de Prevención de la Violencia Doméstica

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La Comisión de Asuntos de la Mujer, presidida por la representante Jocelyne M. Rodríguez Negrón, aprobó el martes, en una vista de consideración final el informe del Proyecto de la Cámara 574 que busca establecer el Fondo Especial para el Financiamiento del Desarrollo e Implementación de Estrategias de Prevención de la Violencia Doméstica, adscrito a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM).

Según reza la medida, “luego de 31 años de aprobada la Ley Núm. 54-1989, según enmendada, la violencia doméstica sigue siendo un serio y agravante problema en nuestra sociedad. Cada día son más las personas que acuden a los tribunales solicitando órdenes de protección. Según estadísticas de la OPM, en el año fiscal 2018-2019, se solicitaron 11,439 órdenes de protección en los tribunales del país. En promedio, se solicitaron 953 órdenes de protección mensuales y 220 semanales. Además, según datos del Negociado de la Policía de Puerto Rico (NPPR), en el año natural 2019, 5,896 mujeres se querellaron por incidentes de violencia doméstica”.

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Esta ley tiene como propósito imponer una multa de $100.00 dólares a la parte peticionada en todo caso en que se expida una orden de protección al amparo de la Ley 54-1989, según enmendada, la cual deberá ser pagada en su totalidad dentro de un término de 30 días, o cuando la misma supere su carácter provisional. En circunstancias extraordinarias, el Tribunal podrá prorrogar el pago dentro de un término de 60 días desde la fecha en que se expida una orden de protección definitiva.

Una de las enmiendas incluidas en el borrador y presentada por la OPM es que se elimine el término de los 60 días y que la multa se pague inmediatamente.

Los ingresos provenientes de esa multa serán destinados, en su totalidad, a un fondo de nueva creación, llamado Fondo Especial para el Financiamiento del Desarrollo e Implementación de Estrategias de Prevención de la Violencia Doméstica, creado en virtud del Artículo 18 de la Ley 20 de 2001, según enmendada, conocida como la Ley de la OPM.

En su votación final, la medida fue aprobada con 10 votos a favor.

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