Locales

Desestiman demanda de Tatito Hernández para declarar inconstitucional ley sobre consultas de estatus

El Tribunal de Primera Instancia archivó la demanda por falta de jurisdicción

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El Tribunal de Primera Instancia a través del juez Alfonso Martínez Piovanetti, ordenó por falta de jurisdicción desestimar la demanda presentada por el presidente de la Cámara de Representantes, Rafael “Tatito” Hernández contra el gobernador Pedro Pierluisi y el secretario de Justicia, Domingo Emanuelli.

En esta, Hernández solicitaba que el Tribunal declarara inconstitucionales ciertas disposiciones de la Ley 165-2020, que le permiten al gobernador convocar a consultas de estatus para “implantar la petición de estadidad del plebiscito” del año pasado.

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Según la sentencia emitida hoy por el juez, el “Tribunal no tiene ante su consideración un caso justiciable” y por lo tanto archivaban la demanda.

Hernández alegó en la demanda que a través de la pieza legislativa “la pasada Asamblea Legislativa pretendió delegar prerrogativas constitucionales al Gobernador y amarrar las manos de Asambleas Legislativas futuras”.

La sentencia del Tribunal lee que “con el beneficio de los escritos y argumentos de todas las partes, concluimos que independientemente de la vigencia o relevancia jurídica que pudiera o no tener el Artículo 8.6 de la Ley Núm. 165-2020, resulta evidente que la reclamación de la parte demandante sería a todas luces prematura en estos momentos”.

“Y es que no surge de las alegaciones de la demanda que se haya compelido a la Asamblea Legislativa a incluir una asignación presupuestaria en contra de su voluntad, ni que los demandantes hayan sufrido un daño concreto como consecuencia de alguna acción particular por parte del poder ejecutivo con relación a las controversias planteadas en este caso”, continúa.

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