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Presidente de la CEE se reunirá con PNP y PPD para decidir si añaden un tercer partido

Al momento hay dos recursos de revisión judicial que retan la determinación de arrebatar representación electoral a los otros tres partidos

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Aun cuando una resolución del pasado 5 de enero dispuso que solo el Partido Nuevo Progresista (PNP) y el Partido Popular Democrático (PPD) contarían con comisionados electorales “propietarios” en la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), el presidente del organismo, Francisco Rosado Colomer, aseguró que el próximo martes habrá una reunión en la que se discutirá si es “necesario” añadir un tercer partido en propiedad.

A esa reunión, dijo Rosado Colomer, están convocados únicamente los comisionados del PNP, Héctor Joaquín Sánchez, y el PPD, Gerardo “Toñito” Cruz.

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Según la interpretación de Rosado Colomer, el artículo 3.1 del nuevo Código Electoral faculta a la CEE a determinar si es “necesario” añadir un tercer partido propietario en caso de que no haya tres partidos que reciban suficientes votos para obtener la clasificación de “partido estatal principal”. El Código Electoral dispuso que los partidos principales son aquellos que reciben más de 25% de votos íntegros en la papeleta estatal, mientras los que reciben entre 2% y 25% son considerados “partidos estatales”.

“Yo creo que es algo que el Código establece que debe evaluarse sobre la base de necesidad, por la expresión que dice la segunda oración del artículo 3.1 (2)(c), que habla de llevarlo a tres comisionados electorales propietarios, a renglón seguido marca un punto y dice que ‘este mecanismo de adición se implementará según fuese necesario’. Ese asunto se trajo a atención de los comisionados para tomar una determinación final”, dijo hoy Rosado Colomer.

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El artículo al que hizo referencia el presidente de la CEE dispone que: “Cuando luego de la Certificación final del Escrutinio General de los resultados de una Elección General haya menos de tres (3) Partidos Estatales Principales con franquicia electoral, según definidos en el Artículo 6.1 de esta Ley, se procederá a aumentar la composición de la Comisión hasta completar el máximo de tres (3) Comisionados Electorales propietarios. Este mecanismo de adición se realizará, según fuese necesario, con el Comisionado Electoral del Partido Estatal con franquicia electoral que obtuvo en la elección general más reciente la segunda, y hasta la tercera mayor cantidad de votos íntegros obtuvo bajo su insignia en la Papeleta Estatal del total de votos válidos emitidos en esa papeleta. Este o estos Comisionados Electorales se reconocerán como miembros propietarios de la Comisión”.

Sin embargo, para Rosado Colomer, el artículo no establece un mandato de añadir a alguno de los “partidos estatales” como el tercer partido en propiedad.

“La segunda oración (del subinciso 3.1 (2)(c)) establece que el mecanismo de adición se va a ejecutar ‘según fuese necesario’ y ese asunto está ante la consideración de los comisionados propietarios para ver dos cosas: si se va a adicionar el tercer partido y cuál va a ser el tercer partido. Eso fue asunto de discusión el (pasado) martes. Se les concedió hasta el próximo martes para que entonces ellos presentaran los escritos y entonces yo tomar una decisión”, precisó el presidente, quien en su resolución aludió a la necesidad de generar ahorros como una de las justificaciones para reducir el andamiaje de la CEE.

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De los cinco partidos existentes, únicamente el PNP se ha expresado en contra de mantener la composición actual de la CEE para este cuatrienio. Los restantes partidos han favorecido que tanto el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) y el Proyecto Dignidad retengan su representación electoral, además de la inscripción como colectividad.

Los tres partidos minoritarios han expresado que, para propósitos de la representación en la CEE, deben aplicar las disposiciones de la ley electoral pasada, derogada en junio de 2020, y que solo exigía un 3% de respaldo en la candidatura a la gobernación para preservar la inscripción y la participación en el organismo.

MVC somete su recurso

Hoy el MVC se convirtió en el segundo partido en solicitar una revisión judicial de la determinación de Rosado Colomer, luego de que el PIP lo hiciera el pasado domingo.

“El Presidente de la Comisión, incorrectamente, resolvió que MVC no tiene derecho a un Comisionado Electoral propietario. Dicha decisión es patentemente ultra vires y debe ser corregida por el Poder Judicial”, lee parte de la demanda, que exige que los cinco partidos retengan representación plena o, en la alternativa, el MVC sea considerado el tercer partido con derecho a un comisionado propietario.

“Nosotros entendemos que todos los partidos ya inscritos al momento de aprobación del nuevo Código Electoral, deben retener tanto la franquicia electoral como participación plena en la Comisión. Lo contrario sería antidemocrático e inconstitucional”, señaló Olvin Valentín, comisionado electoral del MVC, en declaraciones escritas.

Según el comunicado de MVC, los votos íntegros en la papeleta estatal se distribuyeron de la siguiente forma: PNP, 39.5%; PPD, 34.7; MVC, 12.2%; PIP, 6.9%; y Proyecto Dignidad, 6.7%.

Hoy la CEE y los partidos debían presentar sus argumentaciones respecto al recurso que ya había radicado el PIP, caso para el cual el juez Anthony Cuevas señaló una vista argumentativa para mañana.

Antes de la resolución de Rosado Colomer, el Proyecto Dignidad había radicado un recurso que fue desestimado por considerarse prematuro.

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