Una investigación de la Contraloría de Puerto Rico reveló que una terapista de habla facturó miles de dólares por servicios que no prestó a estudiantes de educación especial en dos escuelas de Juana Díaz.
La terapista pudo haber cometido los delitos de apropiación ilegal agravada, fraude y falsificación de documentos, informó la Contraloría en un comunicado de prensa.
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La investigación reveló que la terapista subcontratada por la compañía contratada por el Departamento de Educación del 2016 al 2017, para ofrecer servicios de audiología, habla-lenguaje, y terapia a estudiantes de educación especial, facturó $3,842, por 251 terapias que no brindó. Además, presentó documentos con firmas alteradas e información falsa en las Certificaciones de Servicios de Terapia, para justificar el cobro de estos.
Del examen de la prueba documental y testifical, la terapista aceptó que ofreció pocas terapias, que anotó un número aproximado de sesiones de terapia en los expedientes, y dijo que la maestra firmaba las certificaciones sin verificarlas. Al respecto, la compañía prescindió de los servicios de la terapista el 6 de mayo de 2017.
Las maestras de educación especial, de las escuelas Dr. Máximo Donoso Sánchez y Juanita Rivera, afirmaron en declaraciones juradas, que no reconocían su firma en las hojas de asistencia ni en las certificaciones de servicios de intervención que le presentaron.
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Varios padres de ocho de los nueve estudiantes de educación especial declararon, que tres de sus hijos no habían recibido los servicios y que la terapista los contactaba para firmar los documentos. Una de las madres indicó que se negó a firmar el documento de servicio porque su hija no había recibido la terapia, otra madre no reconoció su firma en una de las certificaciones, y otra comentó que sus hijos le indicaron que la terapista se ausentaba.
Estas situaciones se refirieron a la Oficina del Inspector General del Departamento de Educación de los Estados Unidos y al Departamento de Justicia el 19 de diciembre de 2019.
Por las acciones de la terapista, se pudo haber configurado, entre otros, los delitos de apropiación ilegal agravada, fraude y falsificación de documentos, tipificados en la Ley 146-2012 del Código Penal de Puerto Rico. Además, el Departamento no se aseguró que la compañía realizara una supervisión efectiva de la terapista y los servicios que esta prestaba.