Coronavirus

Exhortan a comerciantes a solicitar incentivo para el pago de nómina de sus empleados

El Departamento de Hacienda detalló que al momento 1,670 comerciantes han solicitado el incentivo

El secretario del Departamento de Hacienda, Francisco Parés, exhortó a los patronos elegibles a solicitar el incentivo del Programa de Protección de Nómina local.

En su cuenta de Twitter, el funcionario detalló que al momento 1,670 comerciantes han solicitado el incentivo, que fue anunciado de manera oficial ayer.

“Estas solicitudes ascienden a unos $14,880,426 en beneficios solicitados. Invito a todos los comerciantes elegibles a completar la solicitud a través de #SURI“, afirmó Parés.

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El fondo, que cuenta con $350 millones, proviene del dinero otorgado a Puerto Rico en la ley federal Cares.

El secretario del Departamento de Hacienda, Francisco Parés Alicea, destacó ayer en una comunicación escrita que el Programa de Protección de Nómina del Sector Privado, beneficiará a unos 30,000 patronos, que ya han sido identificados.

“Estos también deben haber estado operando desde el 15 de marzo de 2020, tener su Registro de Comerciante al día y evidencia de haber incurrido o que incurrirán en gastos extraordinarios, como consecuencia del COVID-19”, agregó Parés Alicea, tras informar que la Carta Circular está disponible en la página web www.hacienda.pr.gov, sección Publicaciones.

Requisitos del programa

  1. El negocio debe ser un patrono del sector privado que emplea no más de quinientos empleados;
  2. Mientras, e ingreso bruto anual del negocio, es decir el volumen de negocio de la entidad, no puede exceder de diez millones de dólares;
  3. El negocio debe haber estado en operaciones al 15 de marzo de 2020 y debe haber tenido empleados a los cuales el negocio le pagaba salarios sujetos a contribuciones patronales;
  4. Debe tener vigente su Certificado de Registro de Comerciante;
  5. El negocio debe haber incurrido o se apresta a incurrir en gastos relacionados a la emergencia causada por el COVID-19.  Dichos gastos deben incurrirse no más tarde del 30 de diciembre de 2020 y el negocio deberá mantener evidencia documental de dichos gastos;
  6. En el caso de que el negocio haya recibido otras ayudas locales, estatales o federales para atender la emergencia del COVID-19, deberá confirmar que los fondos recibidos bajo el PPN serán utilizados para cubrir aquellos gastos relacionados a la emergencia que, no hayan sido cubiertos por otras ayudas recibidas o pendientes de recibir y que no serán incluidos en alguna otra solicitud de ayudas disponibles; y
  7. Deberá mantenerse en operaciones por un periodo mínimo de ocho (8) semanas a partir de la fecha del recibo de los fondos bajo el Programa de PPN y deberá retener durante dicho periodo la totalidad de los empleados según informados al momento de someter la solicitud bajo dicho programa.

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