Locales

Emiten carta circular sobre actividades físicas y deportivas durante vigencia de orden ejecutiva

Entre las disposiciones se prohíben los entrenamientos grupales de todo tipo

La secretaria del Departamento de Recreación y Deportes, Adriana G. Sánchez Parés, emitió la Carta Circular Núm. 2020-08 con las reglas y normas aplicables a toda persona que realice actividades físicas y deportivas entre el 22 de agosto hasta el 11 de septiembre, período en el que estará vigente la nueva orden ejecutiva.

Las disposiciones emitidas en esta Carta Circular son semejantes a las publicadas anteriormente. Sin embargo, en esta ocasión, se prohíben los entrenamientos grupales de todo tipo.   

“Inicialmente, nuestra sugerencia se mantenía en permitir las sesiones de ejercicios en grupos de seis participantes más un entrenador en el caso de los adultos y de cuatro participantes y un entrenador en el caso de los menores de edad. Sin embargo, conforme al análisis científico expuesto por la comunidad médica, y la nueva Orden Ejecutiva emitida por la Gobernadora, estas actividades quedarán suspendidas durante la vigencia de esta Carta”, informó Sánchez Parés.  

Recomendados

En la nueva orden, se mantiene el entrenamiento deportivo y recreativo individualizado, al aire libre, en parques o canchas bajo techo con flujo de aire natural, sin contacto físico, con el uso de mascarilla a distancia de seis a nueve pies entre participante. El horario autorizado será el permitido por el toque de queda de lunes a sábado de 5:00 de la mañana a 10:00 de la noche. Los domingos se establece un “lockdown” de 24 horas lo que significa que queda prohibido el entrenamiento deportivo en su totalidad.  

Te recomendamos:

  1. Aspirantes a la Gobernación coinciden en el desarrollo energético como punto de partida
  2. Administración de Trump “despide” a China y “contrata” a Puerto Rico en apuesta farmacéutica
  3. Uruguay proyecta exportar 50 toneladas de planta de cannabis

De igual forma, se mantiene el cierre de las instalaciones deportivas y recreativas comunes, incluyendo piscinas y gimnasios, en las urbanizaciones, condominios y complejos residenciales, estén sometidos o no al régimen de Propiedad Horizontal.  

Las actividades competitivas se mantienen prohibidas. Los gimnasios, incluyendo el Gimnasio Olímpico, las piscinas, los zip lines, las boleras, los establecimientos de juegos de entrenamiento y las galleras, permanecerán cerrados.  

Adicional, se conserva la autorización del uso de las playas sólo para realizar deportes como correr, caminar, surfing, vela, remo y buceo.  También, nado en aguas abiertas, “snorkeling”, kayak y paddle boarding. Los deportistas utilizarán el método de entrada y salida del agua “keep moving”. 

“Es importante que nuestra comunidad deportiva sepa que el incumplimiento con las disposiciones emitidas en la Orden Ejecutiva y en esta Carta Circular, acarrea la imposición de sanciones penales o multas. Por lo que nos mantenemos firmes en solicitar su cooperación para poder controlar la propagación de este virus y así poder ir regresando a nuestras actividades cotidianas”, sostuvo la Secretaria.  

Tags

Lo Último

Te recomendamos