El Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, Carlos J. Rivera Santiago, les recordó a todos los patronos el derecho que tienen sus empleados de votar en las primarias electorales que se llevarán a cabo este próximo domingo, 9 de agosto de 2020.
“En Puerto Rico, el voto es un derecho fundamental y representa la expresión e intención de la voluntad democrática del pueblo”, destacó Rivera Santiago.
PUBLICIDAD
Este expuso que el inciso 17 del Artículo 5.1 del nuevo Código Electoral de Puerto Rico de 2020 dispone que todo empleado público o privado que deba trabajar el día de una votación tiene derecho a un máximo de dos horas con paga para ir a votar en sus horas laborables, cuando no haya podido votar de forma adelantada y no se haya podido anticipar el conflicto de su jornada de trabajo con los horarios de votación.
“Corresponde a todos los patronos que operan este próximo domingo, 9 de agosto, establecer los horarios y turnos de trabajo de sus empleados que no hayan votado por adelantado, de manera que estos puedan acudir a los Centros de Votación y ejercer su derecho democrático. De existir algún conflicto no anticipado con la jornada establecida, el patrono deberá conceder hasta un máximo de dos horas de licencia con paga a dicho empleado”, explicó el Secretario del Trabajo.
El Código Electoral de Puerto Rico de 2020 establece penalidades de hasta cinco mil dólares ($5,000) para los patronos que no permitan que un empleado hábil para votar ejerza este derecho. Las primarias tendrán lugar el domingo, 9 de agosto de 2020, y los colegios de votación estarán abiertos de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.