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CEE anuncia fecha de apertura y límite para radicación de candidaturas para el 2020

Los candidatos tienen hasta el 30 de diciembre para radicar sus candidaturas

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La Comisión Estatal de Elecciones (CEE) anuncia la apertura y cierre del proceso oficial de radicación de candidaturas del 1ro. de diciembre hasta el 30 de diciembre de 2019 al mediodía, informó Juan E. Dávila Rivera, Presidente de la CEE.

“Los aspirantes deberán presentar en las oficinas de los partidos políticos a los cuales pertenecen, los documentos necesarios para la radicación de las candidaturas. Una vez certificados por el partido político correspondiente, se radicarán los documentos en la Comisión. Los candidatos independientes, deberán radicar los documentos necesarios para su candidatura directamente en la Secretaría de la Comisión”, expresó Dávila Rivera.

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Todo aspirante a una candidatura que interese obtener una nominación a un puesto electivo para el 2020 por un partido político o como candidato independiente, deberá presentar lo siguiente:
(1) Deberá acceder a http://www.ceepur.org y registrarse en el “Sistema de Notificación de Intención de Aspirar a una Candidatura”. Del aspirante no contar con la tecnología adecuada para radicar electrónicamente su candidatura, podrá́ acudir a su partido político o a la Comisión, para recibir asistencia técnica.

(2) Copia certificada de las planillas de contribución sobre ingresos o copia timbrada por el Departamento de Hacienda, rendidas en los últimos cinco (5) años contributivos anteriores. Una certificación del Secretario de Hacienda en que haga constar el cumplimiento por parte del candidato de la obligación de rendir su planilla de contribución sobre ingresos en los últimos diez (10) años y las deudas existentes, si alguna. De la persona tener deuda, la certificación informará sobre la existencia de un plan de pago, y que se está cumpliendo con el mismo.

(3) Una certificación del Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales que declare que la persona no tiene deuda por motivo de contribuciones sobre la propiedad mueble e inmueble. En caso de que la persona tenga deuda, la certificación informará sobre la existencia de un plan de pago, y que se está cumpliendo con el mismo.

(4) Certificación de haber tomado la orientación por el Contralor Electoral, según establecido en la Ley de Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas de Puerto Rico.

(5) Se haya sometido a pruebas de dopaje para la detección de sustancias controladas de conformidad con las directrices que establezca la Comisión a petición del partido político al que pertenezca el aspirante. En los demás casos, la CEE determinará por reglamentación los contornos de este requisito.

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(6) Un certificado de antecedentes penales que refleje que no ha sido convicto de delito grave o menos grave que implique depravación moral. Declaración jurada de que no ha sido convicto por estos delitos en otras jurisdicciones, ya sea estatal o federal.

“En caso de que la persona no reciba las certificaciones al momento de la presentación de su aspiración a una candidatura, deberá presentar evidencia expedida por las agencias correspondientes de que las certificaciones en cuestión han sido debidamente solicitadas”, explicó el presidente de la CEE.

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