Locales

Cámara aprueba medida para evitar cortes del servicio de luz sin previa notificación

La Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) u otra compañía certificada, notificar al abonado en un término de 48 horas antes de la suspensión del servicio por falta de pago, mediante mensaje automático generado vía llamada telefónica y a través de los medios electrónicos disponibles

light bulb 3d illustration of light bulb, power on, and power off, over black background (Madmaxer/Getty Images/iStockphoto)

PUBLICIDAD

La Cámara de Representantes aprobó legislación que ordena a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) u otra compañía certificada, notificar al abonado en un término de 48 horas antes de la suspensión del servicio por falta de pago, mediante mensaje automático generado vía llamada telefónica y a través de los medios electrónicos disponibles.

El Proyecto de la Cámara 1700 de la autoría del representante, José ‘Che’ Pérez Cordero enmienda la Ley de Transformación y Alivio Energético de Puerto Rico, que en su artículo 6.27 establece el procedimiento de revisión de facturas y las normas para la suspensión del servicio eléctrico por falta de pago. 

PUBLICIDAD

“Sin embargo, en algunos casos hemos visto cómo los servicios son suspendidos a pesar de que el abonado se acoge al procedimiento de revisión o a un plan de pago, provocando que este tenga que presentarse a las oficinas de servicio de la Autoridad para aclarar el error y que le restituyan el servicio que nunca debió ser suspendido”, dijo Pérez Cordero. 

“En los momentos de estrechez económica que vive nuestro pueblo, existen innumerables casos en los que los abonados no cuentan con los medios económicos necesarios para poder cumplir su obligación de pago. Con esta medida, buscamos que el abonado pueda evitar una suspensión del servicio errónea o hacer los arreglos pertinentes para afrontar el efecto de dicha suspensión, en los casos que proceda”, enfatizó Pérez Cordero.

PUBLICIDAD

Tags

Lo Último