La presidenta de la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes, María Milagros Charbonier, presentó hoy el nuevo Código Civil de Puerto Rico.
Desde la Rotonda de El Capitolio, se presentó el proyecto que incluye modificaciones al estatuto que data de 1930, cuya revisión se formalizó hace más de 20 años.
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En ese sentido, la representante Charbonier, acompañada por un grupo de profesores que revisó el Código, reconoció la labor de las personas que en los pasados años han trabajado en la revisión del mismo.
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La medida contiene cambios a todos los libros del Código: Personas, Familia, Derecho Real, Obligaciones, Contrato y Sucesiones.
Entre los cambios más significativos establece el matrimonio como una institución civil que procede de un contrato civil entre dos personas, además se reduce de once a cuatro las causales de divorcio: adulterio, trato cruel, consentimiento mutuo y ruptura irreparable.
No podrían contraer matrimonio:
- Los que están unidos por un vínculo matrimonial anterior
- Los que carecen de discernimiento suficiente para entender la naturaleza y los efectos personales y económicos del vínculo
- Los menores que no han cumplido la edad de 18 años
- Los ascendientes y descendientes por consanguinidad o por adopción
- Los parientes colaterales por consanguinidad o por adopción hasta el tercer grado
- Los ascendientes y los descendientes por afinidad en línea recta, si del vínculo matrimonial que creó la afinidad nacieron hijos, que tienen lazos consanguíneos con ambos contrayentes
- Los convictos como autores o cómplices de la muerte dolosa del cónyuge de cualquiera de ellos
- Los adúlteros con la persona que adulteró, que hubiesen sido declarados así por sentencia firme hasta cinco años después de dicha sentencia
Concede en Derechos Reales la energía renovable, como la eólica y solar, entre otras.