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Prohíben que patronos evalúen eficiencia con ausencias por enfermedad

El patrono privado no podrá establecer esas ausencias como unas "irresponsables" por parte del empleado

Una medida de Ángel Peña Ramírez, presidente de la Comisión de Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes, prohibirá a los patronos del sector privado utilizar las ausencias por enfermedad que estén justificadas como criterio de eficiencia de los empleados en su proceso de evaluación anual.

Peña Ramírez agradeció al gobernador Ricardo Rosselló Nevares que estampara su firma en la medida que, considera, hace “justicia a los miles de trabajadores puertorriqueños que laboran en el sector privado protegiendo sus empleos de posibles actos discriminatorios”.

“Hemos trabajado duro con esta medida, la cual también estuvimos impulsando el cuatrienio pasado y cuya única finalidad es garantizar una evaluación justa del empleado”, comentó el legislador sore el proyecto de la Cámara 96, firmado por el gobernador Rosselló Nevares el viernes en la tarde y que enmienda la Ley 180-1998, conocida como “Ley de Salario Mínimo, Vacaciones y Licencia por Enfermedad”.

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Según la exposición de motivos de la pieza legislativa, “el trabajador tiene el derecho a utilizar su licencia por enfermedad en aquellos casos que sean meritorios”.

“Constituye una violación de este derecho, garantizando por ley, el hecho de que el patrono establezca una política interna donde se contabilicen las ausencias justificadas como ausencias irresponsables y se utilice este criterio en la evaluación personal de los trabajadores, causando así una impresión negativa al momento del empleado ser considerado para aumentos o ascensos en la jerarquía dentro de la compañía para la cual trabaja”, indica la exposición de motivos.

Además, “resulta contradictorio el que la misma ley concede al trabajador el derecho a disfrutar de una licencia por enfermedad, pero, por otro lado, permita al patrono penalizarlo por ejercer el mismo”.

“Pretender que un ciudadano asista a trabajar en condiciones de salud adversas, podría violar los derechos civiles y constitucionales del individuo”, argumenta.

Según la legislación, “el patrono dispone de mecanismos para verificar si un empleado está utilizando adecuadamente el derecho a la licencia por enfermedad, como, por ejemplo, investigar la veracidad de la excusa médica o buscar una segunda opinión médica”

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