En Puerto Rico, las cantidades recibidas por concepto de Seguro Social están totalmente exentas de contribución sobre ingresos. Sin embargo, debe informar la cantidad recibida como ingreso excluido en el Anejo IE Individuo de la Planilla, si está obligado a rendir planilla.
Si un individuo recibe beneficios de Seguro Social y además recibe otros ingresos podría estar sujeto a radicar una planilla de contribución sobre ingresos federal ante el Servicio de Rentas Internas Federal (“IRS”, por sus siglas en inglés). Esto se determina si la suma de la mitad de los beneficios recibidos por concepto de Seguro Social más el total de los otros ingresos generados, excede de $25,000 en el caso de un contribuyente soltero, o $32,000 en el caso de un contribuyente casado, es muy probable que tenga la obligación de rendir la Forma 1040 y reportar la cantidad tributable de Seguro Social.
Como regla general, solo se pagan contribuciones federales sobre la mitad de los beneficios recibidos de Seguro Social. No obstante, aquellos individuos con altos ingresos pudieran estar obligados a tributar hasta el 85 % de los beneficios de Seguro Social. Para determinar el monto de Seguro Social tributable en la Forma 1040 véase la Publicación del IRS Número 915.