Opinión

Opinión de Alejandro Figueroa: Análisis de la Contratación Gubernamental

Lee aquí la columna del abogado estadista.

Esta semana surge nuevamente la controversia publica que gira en torno a la contratación gubernamental de familiares. En esta instancia, la controversia vuelve a ocupar gran parte de la discusión por parte de los analistas políticos, noticiarios, columnistas, etc. al revelarse que la Oficina de Ética Gubernamental le impuso una multa de $10,000 al alcalde de Vega Baja, Marcos Cruz Molina, tras determinar que violentó dos incisos de la Ley de Ética Gubernamental al conceder tres contratos a la esposa de un empleado municipal sin haber solicitado autorización previa de la agencia..

Para poder discutir este asunto de manera seria y objetiva, sin apasionamiento político, hay que dejar claro cual es el objetivo de la contratación gubernamental. Desde mi perspectiva, la contratación gubernamental, al igual que lo que es la contratación de servicios en el sector privado, debe regirse por dos principios rectores: (i) la necesidad del servicio y (ii) la capacidad de aquel que los ofrece. Eso y nada más que eso debe ser lo que rige la decisión al momento de determinar si procede o no la contratación de servicios tanto en el gobierno como en el sector privado.

En la medida que el ente gubernamental o privado requiere de un servicio que no puede procurar internamente debe salir a contratarlo y en el proceso de contratación determinar quien o quienes pueden proveer el servicio al nivel de pericia y calidad requerido a un precio que se estime razonable. Pretender que se incluya en el análisis criterios adicionales complica el asunto y desvía la atención de lo que es el buen funcionamiento de un aparato gubernamental o empresa privada cuyo enfoque debe estar estrictamente centrado en la prestación efectiva de los servicios para los que fue creado.

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Algunos reclamarán que en este tipo de decisiones, más allá de los principios que presento como principales, obligatoriamente hay que velar por los conflictos de interés, los amiguismos, el nepotismo, etc. Sin embargo, reitero que entrar en ese tipo de análisis distrae del objetivo principal: contratar el mejor recurso disponible al precio que se entienda razonable.

Y es que en estos asuntos de contratación gubernamental mi análisis se rige por el mismo principio que el que utilizo en el análisis de la compensación de los funcionarios gubernamentales: el fin debe ser que el gobierno funcione de manera óptima, para eso se requiere de los mejores recursos disponibles y en una economía capitalista eso requiere, por obligación, que se ajusten las compensaciones de forma tal que el gobierno pueda competir con la empresa privada a la hora de reclutar los mejores talentos.

En línea con esto último es que debe reconocerse el proceder del Gobernador en otorgar aumentos salariales a servidores públicos tan esenciales como los son nuestros maestros y demás componentes del Departamento de Educación, nuestros policías, nuestros bomberos y demás servidores públicos a los cuales se les ha hecho justicia recientemente. Sin embargo, debemos estar todos de acuerdo con que la compensación de nuestros servidores públicos debe venir acompañada de mecanismos que permitan que anualmente se evalúe el desempeño de todos y cada uno de manera que se puedan tomar las medidas correctivas que correspondan en los casos que se detecten fallas y que se pueda compensar y/o promover a aquellos que sobresalgan en sus labores.

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