En medio del crecimiento de los pagos electrónicos en Puerto Rico, las principales organizaciones del sector comercial cerraron filas en respaldo al Proyecto de la Cámara 1216, una medida que busca prohibir el cobro de comisiones bancarias sobre la porción del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) en cada transacción.
La propuesta legislativa plantea que bancos, procesadores de pago y redes de tarjetas no puedan aplicar las llamadas tarifas de intercambio o swipe fees sobre impuestos federales, estatales o municipales, bajo el principio de que el IVU no constituye ingreso del comerciante, sino dinero que este recauda y remite al Estado.
El proyecto, presentado por el presidente de la Cámara, Carlos “Johnny” Méndez Núñez, enmienda leyes vigentes para delimitar la base de cálculo de estas comisiones, sin eliminar los cargos financieros en general ni intervenir con la operación del sistema de pagos electrónicos.
Actualmente, las comisiones se calculan sobre el total de la transacción, incluyendo el IVU, lo que obliga a los comercios a pagar cargos sobre fondos que no forman parte de sus ingresos.
Desde la perspectiva jurídica y económica, el proyecto subraya que el comerciante actúa como agente retenedor del Estado, sin obtener beneficio alguno sobre ese componente contributivo.
Organizaciones como ACDET, ASORE, MIDA, el Centro Unido de Detallistas, ACCP y ACMC sostienen que esta práctica encarece la operación comercial, reduce márgenes y termina incorporándose indirectamente en los precios al consumidor.
El sector privado estima que el efecto de estas comisiones sobre el IVU asciende a decenas de millones anuales. Con recaudos de IVU que superaron los $3,015 millones en el año fiscal 2025, los comercios habrían pagado alrededor de $54.3 millones en cargos bancarios solo sobre esa porción contributiva.
Según las organizaciones, esos recursos salen del ecosistema comercial local y podrían destinarse a reinversión, retención de empleos o competitividad.
El proyecto enfatiza que se trata de una intervención limitada: no prohíbe las tarifas de intercambio ni regula sus tasas, sino que establece que no se pueden calcular sobre impuestos.
Además, dispone que los comercios identifiquen y transmitan electrónicamente la porción del IVU —algo que ya ocurre en los sistemas de punto de venta— y concede un periodo de transición de 180 días para la implementación.
La legislación también contempla multas administrativas y la obligación de reembolsar cualquier cobro indebido en violación a la ley.
La medida se inserta en un debate más amplio sobre la regulación de tarifas de intercambio en Estados Unidos. El propio proyecto cita el caso de Illinois, donde se aprobó legislación similar, así como decisiones recientes que reconocen espacio regulatorio estatal en este ámbito.
Asimismo, se argumenta que Puerto Rico tiene autoridad para regular prácticas comerciales dentro de su jurisdicción, siempre que no interfiera con el marco federal bancario.
Las organizaciones comerciales insistieron en que la medida corrige una distorsión en el sistema de pagos y promueve mayor equidad y transparencia.
“El IVU no genera margen ni utilidad para el comercio. Cobrar comisiones sobre esa partida es un cargo indebido que impacta la operación y, eventualmente, al consumidor”, plantearon en su comunicación conjunta a la Cámara.
El sector exhortó a la Asamblea Legislativa a aprobar el proyecto, al considerarlo un ajuste necesario ante la creciente dependencia de la economía digital en Puerto Rico.





