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Residentes del Condado presentan demanda para anular venta del Parquecito Borinquen

En una vista pública, el secretario de Justicia reconoció que el terreno “probablemente” fue objeto de una doble inscripción

Asamblea Protesta Parque Condado Residentes de la zona del Condado se manifestaron el pasado 7 de julio en contra de la transacción que involucró el parque. (Dennis A.Jones)

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Vecinos de las comunidades del Condado, Machuchal y la Calle Loíza radicaron hoy una demanda con la que buscan anular la venta del parquecito Borinquen, frente a la avenida Ashford, que realizó el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a Krug Property LLC en 2021.

Paralelamente, hoy se celebró una vista pública en la Cámara de Representantes en la que el secretario de Justicia, Domingo Emanuelli, reconoció que existe “probabilidad” de que la doble inmatriculación del terreno sea el origen de la controversia por la titularidad del área verde.

Específicamente, existe controversia sobre si el DTOP tenía derecho a inscribir el espacio, toda vez que en la vista pública que realizó la Cámara baja la semana pasada surgió evidencia, presentada por el planificador Pedro Cardona Roig, de que la titularidad del parque pertenece desde al menos 1972 al municipio de San Juan, conforme a la documentación disponible en el Registro de la Propiedad.

“Por lo que yo estoy viendo de esta situación, aquí estamos hablando que puede que sea la misma finca, pero aquí estamos hablando de dos fincas con números distintos, con una cabida distinta. Esto tiene que ser que en algún momento, cuando el Registro, presumo yo, tendrá que entrar para ver si se trata de dos fincas distintas o existe la probabilidad de que haya una doble inmatriculación sobre una finca, en cuyo caso el registrador tiene que hacerle unas advertencias (a los titulares) de que tienen que recurrir al tribunal”, sostuvo Emanuelli.

La finca 13,818 es la que aparece registrada bajo el municipio capitalino, mientras que a la inscripción que realizó el DTOP se le asignó el número 47,732.

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“¿Alguien me puede indicar si la finca 13,818 es lo mismo que la finca 47,732?”, cuestionó en la vista el representante Gabriel Rodríguez Aguiló.

“Muy probablemente. Esa evaluación inicial la tiene que hacer el señor registrador (de la Propiedad). Es una evaluación en términos de cuál es su apreciación, pero de ahí, una vez él piense que existe una probabilidad de que se trata de la misma finca inmatriculada dos veces, tiene que irse al tribunal, y es el tribunal con todo el debido proceso de ley, donde las partes van a estar representadas, quien va a resolver finalmente qué finca es y a quién le pertenece”, replicó Emanuelli.

Israel Alicea Luciano, director legal del municipio de San Juan, señaló que la finca 13,818, en efecto, aparece en el Registro de la Propiedad a nombre del ayuntamiento. El gobierno central habría adquirido el terreno en 1953 como parte de unos trámites de expropiación para desarrollar unas vías de tránsito y en 1972 los habría transferido al municipio.

“Resulta plausible que el terreno en cuestión sea parte de la finca 13,818 y que, a lo largo de los casi 70 años transcurridos desde el proceso inicial de expropiación en 1953, el municipio no lo haya registrado en su registro de propiedad inmueble o que, siendo parte de la finca 13,818, simplemente se tomara por sentado el que era parte de la propiedad municipal”, indicó el abogado en la vista que celebraron de manera conjunta la Comisión de Transportación, Infraestructura y Obras Públicas y la Comisión de Desarrollo y Fiscalización de Fondos Públicos de la Ciudad Capital.

El asesor legal estimó que la investigación que lleva a cabo el ayuntamiento podrá completarse para la primera semana de agosto y aseguró que, de concluir que el municipio es el titular legítimo del antiguo parquecito, presentarán los reclamos pertinentes a nivel judicial.

Emanuelli, por su parte, puso en duda que los residentes del área tengan legitimación activa para intentar anular la transacción, al considerar que las partes en conflicto serían el municipio de San Juan, Krug Property y el DTOP.

En el recurso de la comunidad se incluyen como demandados el DTOP, a través del Gobierno de Puerto Rico, el municipio sanjuanero y Krug Property.

“Lo que el grupo está reclamando es un dictamen declarando nula la venta, por muchas razones, incluyendo que la propiedad, como casi ha admitido el municipio de San Juan, era de ellos y no del DTOP, que fue quien entonces apareció como vendedor en la transacción. Además de eso también ha habido señalamientos en términos de incumplimiento con requisitos de diferentes leyes, y lo más esencial, que se trata de un parque que se conoce es un bien de dominio público y el ordenamiento lo reconoce como para el disfrute de toda la ciudadanía. Por eso entendemos y estamos convencidos que no habrá problema de legitimación activa”, indicó William Vázquez, exsecretario de Justicia y abogado de la comunidad, en un aparte con este medio.

Entre los requisitos procesales que se habrían incumplido, Vázquez mencionó el mandato de la Ley 12-1975 para que las ventas de propiedades públicas valoradas en más de $100,000 sean aprobadas por el Departamento de Justicia y el Departamento de Hacienda. La venta del parque se concretó en febrero de 2021 a un precio de $145,000.

En el recurso se exige que, además de anular la transacción, se paralice la consulta de construcción que presentó Krug Property ante la Oficina de Permisos de San Juan, con la que pretende levantar un condominio de 12 pisos en el área que, por décadas, ha servido como un parque pasivo para los vecinos.

“Esto era un parque en uso. Las leyes que aplican a un parque son las de bien de dominio público, no las de un terreno. Esto ha sido un parque en uso desde principios de siglo pasado”, dijo, por su parte, Amaury Rivera, líder comunitario y uno de los demandantes.

Durante la vista pública, el registrador de la Propiedad, Joaquín del Río, explicó que la ley orgánica de la entidad que dirige dispone un proceso expedito para inscribir propiedades a favor del gobierno, tal como ocurrió en el 2019 con el DTOP.

Según del Río, basta con una certificación administrativa de la agencia concernida para que el Registro de la Propiedad proceda a inmatricular un terreno a nombre del gobierno.

A preguntas del presidente cameral, Rafael ‘Tatito’ Hernández, del Río mencionó que era “altamente improbable” que un terreno en el Condado, con un elevado valor económico, hubiera permanecido por décadas sin un titular inscrito.

Tan reciente como el pasado 13 de julio, luego que hubiera trascendido la controversia por la venta del área verde, el Registro de la Propiedad emitió una certificación en la que validaba la información que el DTOP le había provisto en 2019.

Varios legisladores cuestionaron por qué la certificación firmada la semana pasada fue preparada por Luis León Freire, quien funge como registrador en la región de Carolina. Del Río respondió que la registradora asignada al área del Condado se había inhibido, por un conflicto de interés que no precisó, mientras que otra registradora de la región de San Juan no acudió a trabajar el día que se trabajó la certificación.

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