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Gobernador firma medida que viabiliza retiro incentivado a empleados no esenciales

La medida busca implantar, parcialmente y por etapas, el Plan de Retiro Incentivado de la Ley 80

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En vías de implantar parcialmente y por etapas el Plan de Retiro Incentivado establecido en la Ley 80 de 2020, el gobernador de Puerto Rico, Pedro R. Pierluisi, firmó hoy, jueves, la Resolución Conjunta del Senado 171 que ordena a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y a la Administración de Sistemas de Retiro (ASR) encausar las acciones requeridas para los empleados no esenciales en las agencias, municipios y corporaciones públicas cuyos puestos quedarán vacantes por disposición de ley.

Sin embargo, aclaró que, debido a ambigüedades en la Resolución senatorial relacionadas a los plazos concedidos a la rama ejecutiva, presentará un proyecto de ley para que en un periodo de 60 días ambas entidades requieran a las agencias, municipios y corporaciones públicas elegibles, las acciones correspondientes para implantar el Programa de Retiro Incentivado en cuanto a los empleados no esenciales identificados en cada entidad.

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“Con la firma de este proyecto de ley reconocemos la labor que por años han brindado cientos de servidores públicos al gobierno”, sostuvo el gobernador.

Aclaró que la medida no menoscaba los derechos adquiridos de los empleados esenciales que laboran en el servicio público que también desean acogerse a un retiro incentivado.

“Cabe señalar que esta ley busca atender algunos, sino todos, los señalamientos de la Junta de Supervisión y Administración Financiera (JSAF) en cuanto a la Ley 80. Ahora bien, reconozco que la validez de la Ley 80 está actualmente ante la jueza Laura Taylor Swain y que la implantación de esta ley dependerá de la resolución del asunto ante los tribunales federales”, señaló el primer ejecutivo.

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Durante el proceso de vistas públicas la Resolución senatorial fue endosada por la Administración de Asuntos Financieros y Fiscales (AAFAF). También, por la Oficina de Administración del Trabajo y Recursos Humanos (OATRH), la OGP, así como la Asociación y la Federación de Alcaldes.

El gobernador también convirtió en ley el Proyecto del Senado 170 para incluir en la ‘Ley para la Organización y Desarrollo de Mercados Agrícolas Familiares en Puerto Rico’ a los municipios en donde se celebren estos mercados.  El propósito es incluir expresamente a los respectivos municipios en los que se celebren los mercados agrícolas familiares como parte de las estructuras e instrumentos en ley para fortalecer y expandir el sistema.

Actualmente, la Ley 63-2015 faculta expresamente al secretario de Agricultura, en colaboración con otras agencias públicas, a organizar y desarrollar los Mercados Agrícolas Familiares. Lo que se busca con la firma de esta ley es que los municipios tengan mayor participación en la organización de estos eventos que ayudan a atender las necesidades de sus ciudadanos.

También, el primer ejecutivo dio paso a la Resolución Conjunta de la Cámara 97 que ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, evaluar conforme las disposiciones legales la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en ley, de la antigua Escuela Felipa Sánchez Rosado del municipio de Naranjito a la organización sin fines de lucro denominada Programa del Adolescente de Naranjito, Inc., (PANI).

La firma de las medidas fue previo a que el gobernador partiera al estado de Nueva York para participar mañana de la 31ª reunión pública de la JSAF.

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