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Concluyen las argumentaciones orales sobre el Plan de Ajuste de Deuda

Sin embargo, la decisión de la jueza Swain sobre la confirmación podría demorarse hasta el año entrante

Los argumentos a favor y en contra del Octavo Plan de Ajuste de Deuda Enmendado (PAD) del gobierno central de Puerto Rico quedaron sometidos hoy ante la jueza Laura Taylor Swain, quien ahora tendrá en sus manos la responsabilidad de decidir si confirma o no la propuesta reestructuración en el caso de quiebra pública más grande en una jurisdicción estadounidense.

En las ocho vistas que se celebraron desde el 8 de noviembre, totalizando sobre 30 horas de audiencias, Swain pudo escuchar la defensa del PAD presentado por la Junta de Control Fiscal (JCF) y avalado por la amplia mayoría de las clases de acreedores.

“Agradezco a la gente de Puerto Rico. Miles de personas han escrito al tribunal o compartido sus perspectivas en persona. Han hablado sobre sus vidas y hecho constar que son quienes más se ven directamente afectados a diario por los casos de Título III. Sus voces han sido escuchadas tanto por este tribunal como por los abogados y, según tomo mis decisiones legales, siempre tendré en cuenta la realidad de sus vidas y el futuro de su tierra”, dijo Swain cerca del cierre de la sesión, y aludiendo al segundo día de las vistas de confirmación, cuando siete ciudadanos se expresaron sobre el PAD, solicitándole a la jueza que lo rechazara por el daño que, consideran, infligiría en su diario vivir.

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Mediante el PAD, se propone la reestructuración de cerca de $33,300 millones en deudas del gobierno central, el Sistema de Retiro de Empleados (SRE) y la Autoridad de Edificios Públicos, así como otras entidades, entre ellas la Autoridad de Carreteras y Transporte, la Autoridad de Financiamiento de la Infraestructura y la Autoridad del Distrito de Convenciones.

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Como parte del ajuste, se propone intercambiar la deuda de $18,800 millones en bonos del gobierno central por nuevas acreencias totalizando $7,400 millones, al tiempo que se realizaría un pago adelantado en efectivo a los acreedores de sobre $8,800 millones y se emitirían unos instrumentos cuyo valor –ascendente a cerca de $8,700 millones– estaría condicionado a los niveles de ciertos recaudos por las próximas tres décadas.

Desde un inicio, la JCF defendió la viabilidad financiera del PAD para el gobierno de Puerto Rico, si bien llegó a reconocer que, al menos en parte, el cumplimiento dependerá de que los funcionarios electos adopten “reformas estructurales” que hasta la fecha no se han materializado. Asimismo, insistió paralelamente que la propuesta obra en el “mejor interés” de los acreedores, uno de los elementos que analizan los tribunales de quiebra al adjudicar si un plan de ajuste debe ser confirmado y que, en esencia, significa que el resultado es mejor de lo que las partes afectadas por la quiebra habrían obtenido a través de otros remedios.

El PAD ante la consideración de Swain contiene además la congelación de los planes de pensiones de beneficio definido al que todavía cotizan ciertos jueces y maestros del sistema público, al tiempo que pone fin a los llamados ajustes por costo de vida que, al presente, solo disfrutan los jueces retirados.

Para intentar contrarrestar los efectos adversos de esa medida, la JCF incluyó en la propuesta un fondo de reserva de pensiones, al que el gobierno deberá aportar al menos $175 millones anualmente por la próxima década y con el que se busca “garantizar” que, a futuro, los retirados no vean sus ingresos impactados en caso de que el Estado vuelva a confrontar periodos de estrechez financiera.

Los argumentos de la JCF se fundamentaron en las declaraciones de varios de sus oficiales, como la directora ejecutiva, Natalie Jaresko, y su presidente, David Skeel, así como de los consultores expertos en economía, contabilidad y finanzas a los que han recurrido en los pasados años a un costo multimillonario, provenientes de firmas como Ernst & Young y McKinsey.

Para la JCF y los acreedores firmantes del Plan de Apoyo a la Reestructuración –producto de casi tres años de negociación–, la expectativa es que la jueza Swain dé paso al PAD del gobierno central, tal como ocurrió en 2019 con la deuda de la Corporación del Fondo de Interés Apremiante (Cofina), que se redujo en cerca de una tercera parte. Partiendo de los números de la JCF, al sumar las obligaciones reestructuradas del gobierno central y Cofina, el Estado destinará, en promedio, $1,150 millones anuales al servicio de la deuda producto de sus propios recaudos, en lugar de casi $4,000 millones previo al comienzo del proceso del Título III bajo la Ley Promesa.

Sin embargo, contrario a lo que ocurría antes de 2017, el pago de casi $2,000 millones al año en pensiones públicas saldrá directamente del fondo general, lo que ha llevado a economistas a catalogar el PAD de insostenible, e incluso a pronosticar una quiebra futura.

A la espera de Justicia federal

La decisión final de Swain, sin embargo, pudiera demorarse varios meses, luego de que ayer autorizara conceder al Departamento de Justicia estadounidense hasta el 7 de enero de 2022 para que notifique si intervendrá en el caso, ante los planteamientos de inconstitucionalidad que han presentado partes opositoras. Si Justicia notifica en o antes de esa fecha que participará del caso, tendría hasta el 7 de febrero para presentar sus argumentos.

A pesar de ello, Swain dejó establecido en la orden que tendría la potestad de emitir su dictamen sobre el PAD antes que el gobierno de Estados Unidos se exprese, pero ello solo sería posible si optara por desestimar los alegatos de inconstitucionalidad de la Ley Promesa y el Código de Bancarrota.

Por ley, el gobierno de Estados Unidos tiene el derecho de intervenir en casos donde se argumenta que alguna disposición legal viola su Constitución. Justicia federal había solicitado a Swain que extendiera hasta el 31 de enero de 2022 el plazo para notificar si participarían del caso de Título III.

Hoy, la JCF utilizó los 25 minutos que se separaron para que replicara a los argumentos de los opositores al PAD, luego de que ayer se reservaran tres horas para los argumentos finales de las partes que favorecen la confirmación y otras tres horas para quienes piden que se deniegue.

El principal obstáculo para la confirmación a la versión actual del PAD parecería ser la disposición bajo la cual el gobierno de Puerto Rico pagaría, en promedio, una quinta parte del valor de las reclamaciones sometidas por dueños de propiedades que fueron confiscadas o expropiadas, ascendentes a aproximadamente $390 millones.

Los representantes legales de estas entidades han insistido a lo largo de las vistas que rechazar sus reclamaciones supondría una violación a la cláusula de la Constitución federal contra las confiscaciones provista en la Quinta Enmienda, que exige una “compensación justa” siempre que el gobierno se apropie de bienes privados para fines públicos.

Aunque la JCF propone que dichas reclamaciones se tratan de acreencias no aseguradas, por lo que estarían sujetas a recortes, ayer reconoció que tiene suficiente liquidez para cumplir con ellas en su totalidad sin afectar la viabilidad del PAD. Según el abogado de la JCF Martin Bienenstock, pagar las reclamaciones en su totalidad representaría un desembolso de cerca de $320 millones adicionales a los $80 millones que están contemplados en el PAD.

Asimismo, Bienenstock pidió hoy a Swain que, si concluye que las expropiaciones son acreencias aseguradas que no pueden rechazarse, no haga lo mismo con las “expropiaciones a la inversa”, que se materializan cuando un propietario demanda al gobierno por considerar que se apropió de un bien sin una indemnización adecuada, o que afectó el valor de la propiedad mediante acciones regulatorias. El PAD, presumiblemente, tendría que ser modificado nuevamente, si Swain dictamina que algunas o todas las reclamaciones de dominio eminente deben pagarse por completo.

“El PAD no tiene que ser perfecto, pero tiene que ser legal y constitucional”, subrayó ayer Enrique Capdevila, abogado de Finca Matilde, una de las partes que busca una compensación completa tras la expropiación del Estado, y que sostienen que, tal como está presentado al momento, el PAD violaría la Constitución estadounidense.

Con relación al tema de las pensiones definidas de los maestros, que siguen vigentes a consecuencia de una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico de 2014, cuando concluyó que los docentes tienen un derecho contractual a acumular beneficios, Bienenstock recalcó que dicha sentencia no es vinculante a un caso de bancarrota en la esfera federal.

En ese sentido, Swain también deberá decidir si la Ley 53-2021, que incluye la autorización para la emisión de bonos nuevos del Estado, también permite reformar los planes de pensión definida a los que todavía cotizan algunos maestros del sistema público y jueces.

Para la JCF, la frase de “cero recortes” contenida en la Ley 53 solo se refiere a las pensiones vigentes y los beneficios acumulados a la fecha de consumación del PAD, mientras que los gremios magisteriales señalan que congelar los planes de beneficio definido constituiría un recorte no avalado por el estatuto.

Según la JCF, los educadores serían compensados a través de su ingreso al programa de Seguro Social, si bien su incorporación debería ser legislada y no aplicaría a los maestros que estén más cerca de cumplir con los años de servicio y la edad necesaria para acogerse al retiro.

El gobierno de Pedro Pierluisi, a través de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal, apoya el PAD pero se ha opuesto a que la JCF ordene invalidar las leyes 80, 81 y 82 de 2020, que no han sido implementadas. Estas leyes buscan mejorar las condiciones de retiro de empleados públicos que cotizan al plan del SRE (Ley 80); policías, bomberos, oficiales correccionales y paramédicos (Ley 81); y maestros (Ley 82).

De acuerdo con la JCF, ocupar estas leyes a través de la confirmación del PAD se hizo necesario luego de que la Asamblea Legislativa diera paso a una resolución conjunta que ordena al ejecutivo implementar la Ley 80, que crea una ventana de retiro para empleados del gobierno central con al menos 15 años de servicio, que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022. Para la JCF, estas leyes tienen como efecto crear nuevas pensiones de beneficio definido, que es el modelo que por los pasados años ha intentado erradicar del sector público.

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