Ante el alarmante incremento en llamadas a la línea de ayuda PAS, el expresidente de la Cámara de Representantes, José Aponte Hernández, radicó la Resolución de la Cámara 940 con el objetivo de realizar un abarcador estudio sobre la Ley 408-2000, mejor conocida como ‘Ley de Salud Mental de Puerto Rico’, a los fines evaluar su efectividad, así como identificar y recomendar acciones legislativas y administrativas necesarias que deban adoptarse para mejorar la misma.
“No cabe duda de que el problema de la salud mental en Puerto Rico es un asunto muy importante. El alza en las llamadas a la Línea PAS, de unas 170,000 en el 2019 a 920,000 el año pasado demuestran que los terremotos y la pandemia han tenido un impacto profundo en la sociedad. Como parte de nuestros esfuerzos por ayudar en este renglón, queremos evaluar cómo funciona, en la práctica, la Ley de Salud Mental de Puerto Rico para identificar, de ser necesario, modificaciones que permita que la misma actúe más ágil en estos tiempos de gran incertidumbre en nuestra gente”, comentó el representante por acumulación.
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“Nuestro norte es identificar si existen áreas que se tienen que mejorar en la Ley 408-2000. Recordemos que la ley tiene 21 años de vigencia y, a pesar de las enmiendas realizadas, existen áreas que debemos evaluar para brindarle más herramientas a nuestros profesionales de la salud que luchan todos los días por ayudar al pueblo, al igual que garantizar a los pacientes el mejor servicio posible”, añadió Aponte Hernández.
La Ley 408-2000, tiene como fines y propósitos fundamentales actualizar las necesidades de tratamiento, recuperación y rehabilitación, proteger a las poblaciones afectadas por trastornos mentales con servicios adecuados, consignar sus derechos a recibir los servicios de salud mental, incluyendo los de los menores de edad, promover la erradicación de los prejuicios y estigmas contra la persona que padece de trastornos mentales, proveer guías precisas sobre los derechos de las personas que reciben servicios de salud mental, determinar los procesos necesarios para salvaguardar los derechos que mediante esta Ley se establecen, armonizar los cambios que han experimentado las instituciones que proveen servicios con el establecimiento de la Reforma de Salud y destacar los aspectos de recuperación y rehabilitación como parte integrante del tratamiento, así como la prevención, entre otros.
La medida ordena a la Comisión de Salud de la Cámara Baja a realizar la antes mencionada investigación en un período que no exceda los 180 días.