El profesor y economista José Caraballo Cueto sostuvo ante la Comisión de Hacienda, Asuntos Federales y Junta de Supervisión Fiscal advirtió que derogar las Leyes 20 y 22 de 2012 no redundará en un impacto positivo a la economía de Puerto Rico.
Caraballo Cueto depuso en una nueva vista pública de la comisión que preside el senador Juan Zaragoza Gómez, sobre los Proyectos del Senado 40 y 284, mediante los cuales se buscan derogar la Ley 20-2012 y la Ley 22-2012 para incentivar el traslado de inversionistas a la isla.
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“Hay oportunidades para aprovechar al máximo estos incentivos, pero derogar estas leyes o limitarse a reformar solo el donativo que realizan estos participantes, no nos traería un impacto positivo a la economía”, sostuvo el profesor y economista.
Asimismo, Caraballo Cueto explicó que el impacto económico de las Leyes 20 y 22 de 2012 es positivo, pero moderado. “El empleo total fue 3 por ciento mayor de su contrafactual (de lo que hubiese ocurrido sino se aprueban estas leyes) hasta agosto 2017. La actividad económica en general, en cambio, fue 2 por ciento mayor de su contrafactual hasta agosto 2017. Ambos modelos estadísticos muestran resultados similares. Es decir, estos incentivos no le restan actividad económica a Puerto Rico, pero tienen un potencial mayor que se puede aprovechar”, detalló.
Caraballo sostuvo que los incentivos que tenemos “hay que darle un uso racional y una actividad económica. No por fe…el requisito de invertir debería estar fuera de los bienes raíces”, afirmó. El deponente además consideró como positivo que el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio tenga el interés de reformar y fiscalizar los incentivos. “No la hubo en el pasado y esa posición es la que refleja el impacto moderado que vemos al presente”, sostuvo.
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Por otro lado, en el proceso de discusión, el senador Zaragoza Gómez, manifestó que “hay que divorciar la Ley 20 de la Ley 22…la Ley 20 se ha visto afectada por la juntilla con la Ley 22…Hay mucho empresario puertorriqueño beneficiándose de la Ley 20”. En referencia a la Ley 22 mencionó también que “si ese interés de inversionistas por Puerto Rico sigue ahí, entonces vamos a darle una mirada y ver si además del requisito de una casa se pueden requerir otras cosas”.
El PS40 busca se derogue la Ley 20-2012 conocida como la “Ley para Fomentar la Exportación de Servicios” y la Ley 22-2012 conocida como la “Ley para Incentivar el Traslado de Individuos Inversionistas a Puerto Rico”. El PS284 busca enmendar una sección de la Ley 60-2019 conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico” para a su vez enmendar las disposiciones relacionadas a las instituciones que podrán recibir la aportación mínima.
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Durante su turno de preguntas, la senadora del PIP y autora del PS40, María de Lourdes Santiago, preguntó al deponente si es necesario solicitar criterios específicos para la creación de empleos por parte de los inversionistas. Caraballo respondió que sí, tienen que haber unos criterios claros de empleo. Sugirió que sea comparable con lo que informan al Servicio de Renta Federal anualmente. Recomendó que los empleos estén relacionados a la actividad económica fuera del hogar.
Mientras, la senadora del PNP, Migdalia Padilla, preguntó sobre qué recomendaciones daría para reformar dichas leyes. El deponente indicó, entre las recomendaciones, que para sacar provecho a los incentivos debe ser un buen negocio tanto para el que lo recibe como para el País. Igualmente, propuso establecer un mínimo de 5 empleos bajo la Ley 22, o un aumento en la tasa contributiva de 4 a 12 por ciento. Además, recomendó un mínimo en inversión de $2 millones en activos locales, así como enmendar el requisito de vivienda en Puerto Rico de 6 meses a 9 meses.
Por su parte, el portavoz de la Asociación de Industriales, Carlos Serrano, se expresó en contra del PS40, al señalar que “los decretos que se hayan aprobado conforme a ambas leyes ya están aprobados y ya tienen sus términos de vigencia. La derogación de cualquiera de estas leyes meramente demostraría desconocimiento del programa de incentivos de Puerto Rico y ocasionaría problemas prácticos para la administración de estos decretos. Sin embargo, no cambiaría fundamentalmente nada”.
Rodríguez además indicó que cualquier cambio o enmiendas a ambas leyes debe entenderse que es un cambio a largo plazo y por ende de aplicación prospectiva.