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DACO exhorta a los agentes administradores a que tramiten sus licencias

El término para cumplir con el requisito de licenciamiento vence el 20 de julio

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El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) hizo un llamado el viernes a quienes están ejerciendo como agentes administradores de condominios, para que obtengan sus licencias y permisos a tiempo, pues no hacerlo antes del 20 de julio del año en curso pudiera dar lugar a la imposición de multas y sanciones.

“El fin de este Reglamento es asegurarnos de que los agentes administradores estén en cumplimiento con los requisitos que les impone ley, a fin de poder brindar mayor protección a los titulares y residentes frente a potenciales prácticas indeseables en la administración de los condominios”, aclaró el secretario, Edan Rivera Rodríguez en comunicación escrita.

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Mediante el Reglamento 9263 del DACO, que entró en vigor el pasado mes de marzo, la agencia creó un registro de agentes administradores de condominios, además de un proceso para la certificación de quienes deseen ejercer tales funciones en Puerto Rico. Dicha reglamentación, promulgada al amparo de la Ley de Condominios, prohíbe ejercer el cargo sin tener una licencia o permiso del Departamento.

Según el funcionario, los requisitos establecidos para otorgar licencias y permisos a los agentes administradores se dividen en dos. “Están los requisitos de pólizas, que son los que exige la Ley de Condominios; y están los de nosotros como agencia. Este segundo grupo incluye verificar que el solicitante no adeude dinero a consumidores por concepto de indemnizaciones impuestas, y que no tenga dos más querellas adjudicadas en su contra en un año, entre otros”, puntualizó.

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El Reglamento 9263 otorgó un período de 120 días para que las personas realicen las gestiones correspondientes para obtener la licencia de agente administrador, así como los permisos de asistentes de agentes administradores. Dicho término vence el 20 de julio. Las licencias y permisos expedidos por el DACO en función de esta reglamentación tienen una vigencia de dos años.

“Es bien importante que, antes de contratar a un agente administrador, o renovar sus servicios, los Consejos de Titulares se aseguren de que la persona está debidamente acreditada ante el DACO. La persona que se contrate para estas funciones deberá, además, divulgar de forma clara y adecuada, los datos de contacto necesarios para poder prestar de manera eficiente los servicios relacionados al cargo”, enfatizó Rivera Rodríguez.

Las solicitudes de licencias y permisos de agente administrador, o asistente de agente administrador, se pueden someter -presencialmente o por correo regular- en cualquiera de las cinco oficinas regionales del DACO (San Juan, Arecibo, Mayagüez, Ponce y Caguas). También se pueden radicar electrónicamente a través de servicios en línea, en la página www.daco.pr.gov.

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