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Mínimas las vistas orales ante el Tribunal Supremo en la última década

El máximo foro judicial no celebra una vista de argumentación oral desde el 2018.

tribunal supremo

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En los pasados 10 años, el Tribunal Supremo de Puerto Rico apenas ha concedido unas 14 vistas de argumentación oral ante el pleno de dicho foro.

Incluso, el Tribunal Supremo no celebra una vista de argumentación oral desde 2018.

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Y es que, en contadas ocasiones el máximo foro judicial —que se compone de nueve jueces— ordena o concede vistas de argumentación oral. Al momento, el organismo judicial ha resuelto más de 50 casos en lo que va de año, pero no necesariamente está obligado a celebrar una vista de argumentación oral para todos los casos que decide atender. Al tratarse de un foro judicial de revisión, suelen examinar los expedientes del caso y su trámite judicial desde el inicio en alguno de los tribunales de menor jerarquía y luego emiten un dictamen por escrito.

“El Tribunal podrá convocar a una vista oral sobre cualquier asunto cuando lo estime necesario. Las partes podrán solicitar vistas orales y el Tribunal, a su discreción, podrá concederlas o no”, reza la regla 4 del Reglamento del Tribunal Supremo de Puerto Rico.

El pasado jueves, la organización Overseas Press Club presentó ante el Tribunal Supremo una segunda solicitud de reconsideración en la que pidieron la entrega de las grabaciones de las vistas judiciales en las que la joven Andrea Ruiz Costas intentó obtener protección del tribunal de Caguas ante los constantes episodios de acoso de su expareja. Un mes después de acudir al tribunal, Ruiz Costas fue asesinada por su expareja Miguel Ocasio.  En su recurso judicial, el gremio periodístico también solicitó la celebración de una vista de argumentación oral para dilucidar dicho caso.

Ayer, el Tribunal Supremo volvió a denegar la divulgación de dichas grabaciones y también descartó la celebración de una vista de argumentación oral.

Si bien es inusual que se realicen estas vistas orales, una de las justificaciones para aumentar la cantidad de jueces en dicho tribunal era la celebración de más vistas de argumentación oral, según apuntó un reportaje del Centro de Periodismo Investigativo publicado en enero de 2010. En noviembre de 2011, el exgobernador Luis Fortuño firmó una ley para aumentar la plantilla de jueces en el máximo foro judicial de siete a nueve jueces asociados.

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Pese a este argumento, en 2012, el foro realizó tres vistas de argumentación oral en los casos de Partido Nuevo Progresista v. Héctor Conty y la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), en el que se dirimió una controversia electoral; Partido Independentista Puertorriqueño v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en donde se cuestionó dos legislaciones para la celebración de un referéndum y Pueblo en Interés del Menor J.O., un caso de índole criminal que se presentó contra un menor de edad.

Luego en 2013, el máximo foro judicial celebró tan solo dos vistas de argumentación oral en los casos de Municipio Autónomo de San Sebastián v. QMC Telecom, en el que se cuestionó la una construcción de una torre de telecomunicaciones en una comunidad en dicho municipio; y Juan C. Pagán Colón v. Walgreens of San Patricio, Inc., en el que la controversia giró en torno a una reclamación de daños emocionales que solicitó la cónyuge tras el despido de su esposo.

Mientras que en 2014, el Tribunal Supremo celebró tres vistas de argumentación oral. En enero de 2014, por primera vez, el tribunal transmitió una vista de argumentación oral en torno al caso de Germán Brau v. ELA, en el que se impugnó un proyecto de ley que pretendía reducir las pensiones en la Judicatura.. “Hoy es un día histórico para Puerto Rico, pues es la primera vez que el Tribunal Supremo permite la transmisión en vivo de todas las incidencias de una vista oral”, dijo Hernández Denton al inicio de la vista celebrada el 15 de enero de 2014.

Asimismo, celebró las vistas para el caso de Watchtower Bible v. Municipio de Dorado, en torno a si en Puerto Rico hay calles privadas; y Asoc. de Maestros v. Sistema de Retiro para Maestros; Educadores por la Democracia v. Sistema de Retiro para Maestros, en el que se impugnó la reforma al retiro del magisterio.

Mientras que, en 2015, el foro judicial no celebró ni una sola vista de argumentación oral.

El 2016, sin embargo, fue el periodo más activo del Tribunal Supremo en el que celebraron cinco vistas de argumentación oral, entre las que se destacan dos casos sobre la Ley de Condominios.

En 2017, el foro judicial tampoco celebró vistas de argumentación oral.

En 2018, el foro celebró tan solo una vista y la más reciente hasta este momento ya que en 2019 ni en 2020 realizó una audiencia pública ante el pleno de nueve jueces. En Consejo de Titulares del Condominio de Condesa del Mar v. Eduardo Chaman Martínez, el pleno del máximo foro judicial celebró una vista para que las partes presentaran sus argumentos en torno a una controversia sobre el uso y destino de propiedad bajo el régimen de propiedad horizontal para el uso exclusivo residencial y los nuevos métodos de alquiler a corto plazo en plataformas digitales como AirBnB y HomeAway.

De acuerdo con el portal jurídico, MicroJuris, esta vista se trató de la primera que realizó el Tribunal Supremo tras el paso del huracán María en septiembre de 2017.

 

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