Contra Lillian Cruz Ayala, taquígrafa del Departamento de Justicia (DJ) y a su hija, Liza Maldonado Cruz, se les asignó un Fiscal Especial Independiente (FEI) por, supuestamente, utilizar información personal de un tercero, para obtener de forma falsa y fraudulenta un préstamo en una institución bancaria.
Los fiscales Emilio Arill García y Cándida Sellés Ríos realizaran la investigación, para la cual se les concedió un plazo de 90 días.
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Aunque la funcionaria Cruz Ayala, no está incluida entre las personas cobijadas para investigación del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente según la Ley 2-1988, el DJ refirió la misma al PFEI para evitar la apariencia de conflicto de intereses.
La Resolución del Panel da cuenta de que Justicia no recomendó la designación de un FEI, dado que la querellante a pesar de haber realizado una querella administrativa finalmente informó no tener interés en el asunto.
El Panel difirió declarando que una vez se inicia una investigación criminal, el interés en el procesamiento de los imputados es del Estado, y no depende exclusivamente del interés a no de la parte querellante, más aún cuando hay prueba independiente que puede ser utilizada en el procesamiento penal, de así determinarlo los FEI.
Cónsono con lo anterior, entre otra prueba, obra en el expediente una declaración jurada tomada al agente del orden público que intervino en la investigación de la querella. Los hechos que se les atribuyen a ambas podrían constituir serias violaciones de ley. Ello, ante la posible participación de ambas querelladas en el uso de información personal de otra funcionaria, para beneficio propio.
“Adviértase que en este caso media una investigación a nivel del cuerpo policial y se obtuvo prueba independiente, más allá de la declaración de la querellante, la cual tiende a demostrar la responsabilidad penal de éstas”, lee en parte la determinación del Panel.