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Vázquez firma proyecto prohíbe aseguradoras pasen por encima al criterio médico

Otra medida busca evitar que asegurados reciban "facturas sorpresa" luego de recibir servicios médicos

vazquez Dennis A. Jones

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La gobernadora Wanda Vázquez firmó el Proyecto de la Cámara 2583 que pretende esbozar unas guías más claras con el propósito de que los reglamentos que se promulguen sobre los procesos de revisión de utilización para los servicios médico-hospitalarios sean más precisos y eficientes.

El proyecto, que fue una de las medidas de administración que había sido de las anunciadas por la gobernadora al convocar la pasada Sesión Extraordinaria, enmienda la “Ley para Establecer la Política Pública del ELA Relacionada con la Interpretación de las Disposiciones del Código de Seguros de Salud y Emitir Prohibiciones”, también busca que se haga el pago puntual por parte de las aseguradoras, en un término de 30 días, y se enfatiza en que las guías de revisión clínica utilizadas en el proceso de revisión de utilización no podrán ser sustituidas por la discreción médica a la hora de proveerle los servicios de salud a los pacientes, siempre y cuando se ofrezcan dentro de los estándares reconocidos por la comunidad médica.

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Otra de las enmiendas es para definir lo que constituye factura limpia o “clean claim”, de manera que se pueda estandarizar el concepto factura limpia, haciéndolo obligatorio y vinculante para todo contrato entre aseguradora y  proveedor de servicios de salud, proveyendo términos precisos y claros sobre el contenido mínimo que conforma una factura limpia tanto para la aseguradora como para el proveedor de servicios de salud.

Por otra parte, el Proyecto del Senado 1528 establece la “Ley de protección al paciente ante las facturas médicas sorpresa”, y enmienda el “Código de Seguros de Salud de Puerto Rico”, a los fines de atajar las llamadas “facturas sorpresa” en la facturación de los planes de salud, establecer protecciones al consumidor, transparencia, control de costos y responsabilidad, fuera de la red de proveedores.

Las llamadas “facturas sorpresa” pueden surgir de diferentes maneras. Por ejemplo, en una emergencia, un paciente puede terminar en un hospital que no está en la red de su asegurador. Incluso, para una cirugía programada en un hospital dentro de la red, no todos los médicos (cirujanos, anestesiólogos, por ejemplo) pueden estar en el plan de los pacientes.

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Cuando los proveedores de atención médica están fuera de la red del plan, los cargos por los servicios, pueden solo estar parcialmente cubiertos o no estar cubiertos en lo absoluto, según el tipo de seguro y el diseño de los beneficios. En algunos casos, los servicios particulares (por ejemplo, ciertas pruebas de laboratorio) o productos (por ejemplo, ciertos medicamentos recetados), también pueden no estar cubiertos por un plan de salud.

Los consumidores y aseguradoras han reportado cargos exorbitantes por parte de ciertos profesionales e instalaciones de la salud por concepto de ciertos fuera de la red, incluyendo en la facturación del saldo. Además, en ciertos casos se remiten a cobro, lo que de los servicios redunda en el aumento en los costos de los servicios y seguros de salud y en más sacrificios a los consumidores de atención médica. La medida hoy firmada y que fue presentada por el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, busca establecer los mecanismos para reformar el sistema de prestación de atención médica para mejorar la protección del consumidor, establecer un sistema para evitar las facturas sorpresas, resolver ciertas disputas de facturación de atención médica, atender el aumento en los costos y medir el logro de estos objetivos.

“La política pública de este gobierno es en beneficio de los pacientes. Como he dicho anteriormente, de ahora en adelante los tratamientos y servicios de salud los determinan los médicos Y no las aseguradoras. Seguiremos trabajando a favor de los pacientes, con leyes y medidas que les hagan justicia y les ayuden a recibir el servicio y tratamiento que necesitan y merecen”, manifestó Vázquez Garced.

 

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