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Referidos al FEI y al FBI de la Comisión cameral por escándalo en Salud

También hay referidos a Ética Gubernamental y a la Contralora. Los referidos incluyen a la exsecretaria interina de Salud, Concepción Quiñones de Longo y al jefe de Manejo de Emergencias. José Burgos

Con un informe parcial de 90 páginas, la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes hizo referidos a la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (FEI), a la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico y a la Oficina del Contralor de Puerto Rico y al Negociado Federal de Investigaciones (FBI, por sus siglas en inglés) sobre la compra irregular de pruebas y suministros de salud durante la emergencia de salud pública relacionada al coronavirus, COVID-19.

Los funcionarios referidos son: José Burgos Vega, Comisionado del Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres; Adil Rosa Rivera, Secretaria Auxiliar de Administración del Departamento de Salud; Mariel Rivera Rivera, requisidora en el Departamento de Salud como parte del programa federal “Crisis Program Management Office”, Diana Meléndez Díaz, Directora Interina de la Oficina de Compras y Subastas del Departamento de Salud y la Secretaria Interina, Concepción Quiñones de Longo, para la fecha de los hechos. Los referidos se dan antes de la citación a las vistas de los representantes de contratistas relacionados a las transacciones investigadas.

Se detalla que entre las violaciones posiblemente cometidas por el General José Burgos Vega se encuentra perjurio y negligencia en el cumplimiento de su deber, así como violaciones a la Ley de Ética Gubernamental. “Esta Comisión refiere, además a la entonces Secretaria Interina, Concepción Quiñones de Longo, ante la posible negligencia en el cumplimiento de su deber conforme los Artículos 262 y 263 del Código Penal de Puerto Rico; así como pudo haber infringido el Artículo 4.2 del Capítulo IV Inciso (r) de la “Ley de Ética Gubernamental del Gobierno de Puerto Rico”, así como el Artículo 9 de la Ley Núm. 230 de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico y el Artículo 1207 del Código Civil de Puerto Rico”, lee el informe. Meléndez Díaz, pudo haber sido negligente en el cumplimiento de su deber, según concluye la comisión cameral presidida por Juan Oscar Morales.

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“Igualmente, las funcionarias del Departamento de Salud: Sra. Adil Rosa Rivera, y Sra. Mariel Rivera Rivera, pudieron haber sido negligentes en el cumplimiento de su deber conforme los Artículos 254, 255, 262 y 263 del Código Penal de Puerto Rico, y pudieron haber infringido el Artículo 4.2 del Capítulo IV Incisos (o), (r) y (s) de la “Ley de Ética Gubernamental del Gobierno de Puerto Rico”, así como el Artículo 9 de la Ley Núm. 230 de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico y el Artículo 1207 del Código Civil de Puerto Rico; posiblemente violentando, en múltiples instancias, lo que constituyen las funciones y deberes que acarrean sus cargos. Por su parte, la Sra. Adil Rosa, incumplió, al momento de prestar su testimonio, con las instrucciones impartidas por la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes”, agrega el documento.

También se pide evaluar posibles violaciones a las siguientes leyes y reglamentos: la Ley Orgánica del Departamento de Salud, el Reglamento para Regular las Compras del Departamento de Salud y la Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico.

Conclusiones del informe:

  1. Una transacción de la magnitud como lo fue la fallida orden de compra de Apex General Contractors, LLC., les tomó solo 18 horas a los funcionarios, de múltiples Agencias (Departamento de Salud, Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres, Oficina de Gerencia y Presupuesto y el Departamento de Hacienda), completar la misma: desde que se recibió la cotización hasta que se aprobó la orden de compra.
  2. Este hecho no tan solo resulta alarmante por la cantidad de dinero envuelta en la transacción que fue 38 millones de dólares, sino por la importancia de la adquisición del producto (pruebas para detectar COVID-19) tan necesarios para atender la salud del Pueblo puertorriqueño.
  3. Este panorama se complica cuando se le otorgó un adelanto de 19 millones de dólares (50% del total de la compra) a una compañía dedicada a la construcción, sin haberle dado cumplimiento al Reglamento 31 del Departamento de Hacienda, el cual regula los pagos por anticipado de bienes o servicios del Gobierno, sin haber tan si quiera solicitado la aprobación de ninguno de los dos funcionarios que encabezan las agencias principales en este proceso de compras, entiéndase, la Secretaria Interina del Departamento de Salud y el Secretario del Departamento de Hacienda
  4. La suma de todas las compras realizadas por el Departamento de Salud, durante el periodo de emergencia, totaliza la cantidad de $14,511,810, los cuales fueron distribuidos entre los siguientes 6 suplidores: Industrial Fire Products Corp., Quest Diagnostics, Maitland 175, 313 LLC., Castro Business y Jazz Foods, mientras que una sola compra (38 millones de dólares) a un suplidor (Apex General Contractors, LLC.), casi triplica este total. Incluso, el total de todas las compras, resulta menor al pago por adelantado que se desembolsó.
  5. Quedó en manos de una requisidora (sin experiencia alguna en el área de compras y mucho menos en productos y equipo especializados en salud), la compra por la cantidad de 38 millones de dólares, más aún, cuando el Departamento de Compras y Subastas de la Agencia contaba con personal experto y disponible para trabajar durante la emergencia, pero por alguna razón, no fue requerido en ningún momento.
  6. A pesar de que el Capítulo 212 del Título XIV de “Florida Statutes” dispone que Puerto Rico está exento del pago de impuestos (Florida Sales and Use Tax), el Departamento de Salud admitió no conocer tal particular, lo que resultó en la pérdida de casi 1 millón de dólares para el Pueblo de Puerto Rico, a raíz de diversas compras realizadas por la Agencia a la empresa Maitland 175.
  7. • La negativa del Negociado de Manejo de Emergencias de entregar a esta Comisión, en el tiempo requerido, las horas restantes de las grabaciones del día 26 de marzo de 2020 (entrega de las 500 pruebas en NMEAD), nos lleva a concluir que ese video pudo ser manipulado, en aras de ocultarle información a este Cuerpo Legislativo.
  8. Debido a la falta de organización y estructura, se observó una notable variación en los precios en que se adquirieron las diferentes pruebas a los suplidores, sin que se pudiera justificar la razonabilidad de la adquisición del Departamento de Salud de pruebas con diferentes precios ($26, $45 y $36).
  9. Presentarán legislación que hemos recomendado para tratar de evitar que vuelva a repetirse una situación como esta, que puso en riego, lo más importante de un Pueblo, su salud.

 

Informe Parcial RC1741- Com… by Metro Puerto Rico on Scribd

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