Coronavirus

Junta recuerda a municipios que ya tienen que pagar pensiones de sus empleados

El ente creado por la Ley Promesa expuso que ya entró en vigor la anulación de la ley 29 y que deben 66 millones de dólares

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La Junta de Control Fiscal (JCF) recordó a los municipios que mañana, 7 de mayo de 2020, cobrará vigencia la decisión del Tribunal de Distrito federal de Puerto Rico para anular la Ley 29 de Puerto Rico, reinstaurando la obligación de los municipios de reembolsar al gobierno central los beneficios de retiro de los pensionados municipales, que ascienden a $66 millones.

En una comunicación escrita, la Junta explicó que determinó que los municipios deben al gobierno $198 millones por los pagos de beneficios de pensionados, y que el CRIM puede aplicar los $132 millones del fondo de equiparación del Plan Fiscal Certificado a ese balance. Entonces, la diferencia de $66 millones tiene que ser pagada al gobierno –que equivale a cerca de 3% del total de presupuestos combinados de los municipios, que asciende a $2,000 millones–.

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“El Centro de Recaudaciones de Impuestos Municipales (CRIM) determinó repagar esa cuantía de forma proporcional para los 78 municipios, lo que se traduce en que cada municipio debe al gobierno una cantidad equivalente al 3% de su presupuesto anual. La Junta de Supervisión determinó que existen otras fuentes de fondos para saldar la deuda con el gobierno de manera responsable y manejable. Los municipios no tendrán que desviar fondos de sus presupuestos de operaciones del año fiscal en curso, ni tampoco tendrán que hacer recortes a los servicios prioritarios para cumplir con estos pagos”, expuso el ente creado por la Ley Promesa.

La secuencia del plan de repago es incremental a los presupuestos de operaciones de los municipios:

  1. Las ganancias pendientes de la lotería electrónica que no se hayan remitido al CRIM
  2. Los fondos en exceso de la Contribución Adicional Especial (CAE) que no estaban ya presupuestados por los municipios individuales o que se hayan recaudado en cantidades mayores que las presupuestadas
  3. Las recaudaciones de impuestos que excedan lo presupuestado, ya que el CRIM puede recibir recaudaciones de impuestos no presupuestadas, como las propiedades nuevas que pagarán impuestos y la recaudación por las deudas pendientes por impuestos. En ninguna circunstancia, se utilizará el exceso de recaudaciones de impuestos de un municipio para cubrir la obligación de otro municipio.
  4. Los ingresos por la venta de las deudas pendientes por el impuesto de la propiedad sin cobrar -una medida que tendrá un papel destacado en el plan fiscal del CRIM.

Municipios tienen que pagar

“Los municipios tienen que pagar lo que deben al gobierno sin demoras innecesarias. Es la manera fiscalmente responsable de hacerlo a fin de resolver las obligaciones económicas. La venta de impuestos sobre la propiedad por cobrar es un paso importante hacia la estabilidad fiscal de los municipios en Puerto Rico, pero el proceso de vender esas cuentas por cobrar tomará tiempo. Por tal razón, la venta de las carteras de cuentas por cobrar sólo se considerará para reembolsar al gobierno central luego de haber completado los pasos 1, 2 y 3”, sentenció la Junta.
De otra parte, la Junta  propuso crear un servicio de liquidez a corto plazo para el CRIM, subvencionado por el Gobierno, con el propósito de cuadrar el déficit del flujo de fondos tras el retraso de los recaudos de impuestos a la propiedad debido a la crisis provocada por el COVID-19. El mencionado préstamo estará disponible hasta el 31 de julio de 2020, y en ningún mes el total de retiros puede exceder los $38 millones. El adelanto se devolverá con las recaudaciones de impuestos de los meses de julio, agosto y septiembre de 2020.

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