El Tribunal Apelativo ordenó hoy a la Oficina del Procurador General a justificar por qué no debe declararse nulo el caso contra Pablo Casellas Toro, convicto por el asesinato de su esposa Carmen Paredes.
“En término de 10 días, muestre causa por la cual no debamos declarar nulo el veredicto mayoritario emitido contra el apelante por los delitos en Artículo 106 y 291 del Código Penal de 2004 y Artículo 5.15 de la Ley de Armas”, establece la resolución.
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También se debe justificar porqué no tienen que ordenar un nuevo juicio en caso de declararlo nulo.
El Tribunal Supremo de Estados Unidos resolvió recientemente que es inconstitucional una convicción criminal por jurado que no sea unánime. En Puerto Rico la norma es que se permiten las convicciones 9 a 3.
A raíz de la determinación la representación legal de Casellas Toro sometió una solicitud de anulación.
Esta no es la primera vez que se ejerce un mecanismo para buscar la salida de la cárcel del excorredor de seguros. En octubre de 2019, el Tribunal Apelativo denegó la solicitud de nuevo juicio dado que Casellas no probó que se hubiese cometido una injusticia durante el procedimiento judicial. Siendo esa la tercera ocasión en que Casellas solicitaba un nuevo juicio luego de haber sido encontrado culpable en 2014 por el asesinato de su esposa.
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En diciembre de 2018, el Tribunal Supremo denegó una moción de nuevo juicio. En esa solicitud, la defensa de Casellas pidió que se reabriera el proceso judicial en su contra y se adentrara en el proceso deliberativo del jurado que lo encontró culpable el 22 de enero de 2014.
Sobre la decisión del Supremo federal, la secretaria del Departamento de Justicia (DJ), Dennise Longo Quiñones dijo recientemente que aún analizan el impacto en la isla de la determinación del Tribunal de Estados Unidos que establece que las convicciones criminales deben ser unánimes y cómo se aplica el dictamen en cada caso.