El senador William Villafañe Ramos propuso un proyecto de ley para conferir el derecho a un acomodo razonable en su trabajo a todo empleado que tenga una enfermedad o condición de salud identificada por el Centro para el Control de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) o el Departamento de Salud como de alto riesgo de mortalidad en caso de contagio con el COVID-19.
El CDC ha señalado a los adultos mayores de 65 años, personas con asma, VIH, diabetes, enfermedad pulmonar crónica, afecciones cardíacas graves, enfermedad renal crónica bajo tratamiento con diálisis, obesidad grave, enfermedad hepática o inmunodeprimidas, como poblaciones de mayor riesgo de enfermarse gravemente y de fallecer a consecuencia del contagio de este virus.
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“Puerto Rico comienza la ampliación de sus actividades comerciales y laborales tras cumplir un estricto periodo de cuarentena general. Esta medida de apertura paulatina requerirá un alto grado de responsabilidad patronal. Con esta ley pretendemos aminorar el riesgo de contagios en esta población vulnerable”, señaló Villafañe.
Para estos casos, el acomodo razonable puede incluir el suministro de indumentaria adecuada, equipo protector como guantes, mascarillas, entre otros; garantías de separación física; cercanía de baños; disponibilidad de utensilios y artículos de higiene; trabajo remoto; interacción limitada en áreas de alta concurrencia, entre otros.
La medida, también propone conferir el acomodo razonable mediante trabajo remoto si el empleado fuera custodio de un menor de 14 años mientras el plantel físico en que estudia el menor esté cerrado por motivo de la pandemia.
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El senador añadió que “es fundamental facilitar la opción del “teletrabajo” o trabajo remoto cuando el empleado tiene la responsabilidad de custodiar menores en una circunstancia en que la escuela o campamento están cerrados y tampoco puede dejarle bajo el cuidado de familiares o terceros”.
La medida extendería la obligación de proveer acomodos razonables que tiene el gobierno y aquellas empresas privadas con 15 o más empleados, conforme a la Ley para Prohibir el Discrimen Contra las Personas con Impedimentos Físicos, Mentales o Sensoriales.