Locales

Junta aprueba extensión de eximir el IVU en artículos de primera necesidad

Se extiende hasta el 31 de mayo la exención de IVU

PUBLICIDAD

La Junta de Control Fiscal aprobó hoy extender hasta el 31 de mayo el eximir de Impuestos de Venta y Uso (IVU) los artículos de primera necesidad.

En una carta dirigida al secretario de Hacienda, Francisco Parés Alicea, el ente federal designó como “aprobada” la petición de extender la eliminación hasta el 31 de mayo.

PUBLICIDAD

“Para minimizar la propagación de COVID-19, los residentes de Puerto Rico deben tener disponibles artículos esenciales para lograr la preparación para el cuidado personal. Esta medida puede promover su uso para reducir el riesgo de exposición al virus”, establece la misiva firmada por el principal asesor legal de la Junta, Jaime A. El Koury. 

Se estipula que cualquier cambio propuesto a la orden administrativa debe ser discutida con la Junta.

En la orden, establecida desde mediados de marzo, se definieron como “Artículos de Primera Necesidad” todo producto, material, suministro y equipo que su consumo o uso sea necesario, para que el consumidor pueda prevenir el contagio o para recibir el tratamiento.

La orden comenzó a raíz de la emergencia del COVID-19 tan pronto se presentaron los primeros casos en la isla.

Mira cuáles son los artículos

PUBLICIDAD

En caso de que alguno, por acción u omisión, le cobre a un consumidor el IVU en la venta de los artículos que se han determinado, vendrá obligado a reembolsar inmediatamente el monto del Impuesto sobre Ventas cobrado al consumidor.

Te recomendamos este vídeo:

Punto x Punto: Osvaldo Soto Punto x Punto: Osvaldo Soto

PUBLICIDAD

Tags

Lo Último