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Solicitan que médicos asistentes puedan laborar en medio de la emergencia por coronavirus

Un médico asistente puede hacer un historial clínico del paciente

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La representante Jackie Rodríguez Hernández pidió el viernes que el Departamento de Salud (DS) agilice la ejecución de las disposiciones de la Ley 71-2017 que regula la profesión de médicos asistentes en Puerto Rico y que promuevan que estos profesionales de la salud se desempeñen en las instituciones hospitalarias.

“La Ley 71 se aprobó reconociendo que Puerto Rico vive una situación crítica debido a la falta de profesionales de la salud. Esto se ha acrecentado con esta emergencia, tenemos que confiar en estos médicos, ellos tienen los conocimientos y el compromiso con la salud y el bienestar de nuestra gente”, dijo en declaraciones escritas Rodríguez, quien Preside la Comisión Especial sobre Adopción y Personas de Edad Avanzada de la Cámara de Representantes.

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Explicó que el Artículo 11 de la Ley 71-2017 dispone que los médicos asistentes no tendrán autoridad para recetar medicamentos, pero sí podrán escribir órdenes médicas para pacientes en instituciones hospitalarias públicas y privadas, así como en oficinas de médicos y en otros lugares en donde estén autorizados a ejercer su profesión y ofrecer sus servicios. Estos profesionales de la salud también podrán escribir notas de progreso en los expedientes o récords médicos de los pacientes recluidos en instituciones hospitalarias y clínicas públicas o privadas.

La legisladora dijo que un médico asistente puede hacer un historial clínico del paciente, hacer una exploración física y redactar una orden de estudio o análisis. Según la Ley 17-2017 no pueden diagnosticar ni recetar medicamentos.

“Los médicos asistentes son médicos pero al momento no están licenciados. Ellos tienen la preparación, tienen los conocimientos. Pueden ayudar a nuestra Isla como ha ocurrido en varios estados con la figura de ‘Physician Assistant’”, sostuvo la legisladora.

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