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Rosselló notificó intención de regresar a vivir en Puerto Rico

Así se desprende de la opinión legal que brindó el Departamento de Justicia al Departamento de Seguridad Pública sobre el tema de las escoltas

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La opinión legal del Departamento de Justicia sobre si la Policía podía o no brindar escoltas a Ricardo Rosselló y su familia deja establecido que el renunciante manifestó su intención de regresar “a vivir” en Puerto Rico durante el mes de noviembre. El documento, revelado a petición del Departamento de Seguridad Pública (DSP), concluye que Rosselló no es considerado un exgobernador, pero que para fines de escoltas habría espacio discresional sobre su asignación.

Beatriz Rosselló y sus hijos estuvieron en Puerto Rico para la celebración de Acción de Gracias, estadía durante la cual se les brindó escolta policial. Sin embargo, la Policía acaba de enmendar una orden general citada en la opinión de Justicia para eliminar las escoltas a los cónyuges e hijos menores de edad de los exgobernadores.

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“Según la consulta que recibimos, esta tiene su génesis en el hecho de que el Hon. Ricardo A. Rosselló Nevares, ha expresado que regresará a Puerto Rico, a vivir, durante este mes de noviembre del año 2019. A tales efectos, se interesa auscultar la legalidad de ofrecerle al mismo servicios policíacos, al amparo de lo establecido en la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como la “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico” y las providencias reglamentarias que le interpretan”, lee el asesoramiento de la secretaria de Justicia, Dennise Longo al secretario de Seguridad Pública, Elmer Román.

Aquí la opinión legal de Justicia sobre las escoltas a los Rosselló:

Escoltas Hon. Ricardo A. Rosselló Nevares signed by Metro Puerto Rico on Scribd

La secretaria Longo utiliza en su análisis el pleito que llegó hasta el Tribunal Supremo de los exgobernadores Rafael Hernández Colón y Carlos Romero Barceló contra la Policía de Puerto Rico, la Ley número 2 del 1965 sobre ExGobernadores, la Ley del Departamento de Seguridad Pública —específicamente el artículo 2.16 sobre Protección al Gobernador, Secretario, Funcionario y Ex funcionarios— y la Orden General 110 de la Policía del 25 de enero de 2019.

“Concluimos que la definición de ex gobernador incluida en la Ley Núm. 2 de 26 de marzo de 1965, no es de aplicación a la presente controversia y por ende no excluye al Hon. Ricardo A. Rosselló Nevares de ser considerado como tal para efectos de seguridad y escolta. En esa misma línea, consideramos que aun de no ser así, el lenguaje utilizado en la Ley Núm. 20, supra, en torno al tema de seguridad y escoltas para ex funcionarios, permitiría que a discreción del Negociado de la Policía de Puerto Rico se le pueda conceder conforme a los parámetros que se hayan establecido a nivel administrativo”, lee la opinión de Longo.

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La Secretaria de Justicia se había negado a revelar el documento al calificarlo como confidencial por tratarse de un asesoramiento abogado/cliente. El secretario de Seguridad Pública la relevó de esa confidencialidad o privilegio.

Rosselló renunció a la gobernación de Puerto Rico tras masivas protestas por casos de corrupción de su administración y la revelación de un chat con sus colaboradores plagado de expresiones machistas, homofóbicas y de planificación de estrategias con el uso de los recursos del Estado para perseguir enemigos políticos al exterior e interior del Partido Nuevo Progresista.

Detonantes para la renuncia de RIcardo Rosselló Detonantes para la renuncia de RIcardo Rosselló

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