Ante la avalancha de quejas de pacientes sobre el uso de métodos de pago irregulares por parte de algunos proveedores de salud, la representante Maricarmen Mas Rodríguez, radicó una medida que prohíbe a los proveedores de salud exigirle a un paciente con múltiples planes médicos que pague de su propio pecunio y tenga que solicitar un reembolso por los servicios provistos que no quedaron cubiertos por uno de los planes.
“Algunos proveedores de salud optan por implementar mecanismos para cobrarle directamente a los pacientes y así obviar el proceso de facturación que se realiza a través de los planes médicos. Uno de estos mecanismos, el que pretendemos remediar con esta medida, consiste en solicitarle al paciente que pague por los servicios recibidos en efectivo y que luego le solicite al plan un reembolso. Muy particularmente, se trata de situaciones en donde un paciente con múltiples planes médicos es forzado a pagar parte de los servicios recibidos con su propio pecunio pues el plan principal no cubre la totalidad de la facturación”, comentó Mas Rodríguez.
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El Proyecto de la Cámara 2305, el cual crea la Ley para Prohibir el Cobro Fraccionado de Servicios Médicos establece que en casos donde un paciente sea suscriptor de dos planes de cuidado de salud, se prohíbe que el proveedor participante le exija pagar de su propio pecunio y solicitar un reembolso por la parte del servicio de cuidado de salud provisto que no esté cubierto en su totalidad por uno de los planes médicos, sin antes corroborar que la parte que no quedó cubierta bajo el primer plan esté cubierta por el segundo plan y puede ser facturada bajo éste.
A tenor con dicha prohibición, cuando un paciente sea suscriptor de dos planes de cuidado de salud, los proveedores participantes vendrán obligados a, en primera instancia, facturar la reclamación procesable para pago en su totalidad a través de ambos planes.
“La crasa falta de uniformidad ha convertido el sistema de facturación médica en uno complejo. Por un lado, el incremento en los costos de servicios médicos ha obligado a las aseguradoras de planes médicos a establecer controles para la emisión de pagos a los proveedores de servicios. Por otro, cada aseguradora tiene establecidos requerimientos específicos para el proceso de facturación, los cuales varían dependiendo de los servicios médicos que se ofrecen. Esto se tiene que acabar”, sentenció la también presidenta de la Comisión para el Desarrollo Integrado de la Región Oeste.
Según explicó la legisladora, mediante la Ley 61-1997, conocida como ‘Ley para Diseñar y Adoptar un Sistema de Facturación Uniforme Código de Seguros de Puerto Rico’, se ordenó que todos los proveedores de salud adoptaran un mismo sistema para facilitar los trámites de prestación de servicios al paciente y simplificar la facturación. No obstante, dicha legislación no se implementó, por lo cual quedó como “letra muerta”.