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En incumplimiento el DRNA con ley que regula disposición de cenizas

La agencia lleva más de dos años sin completar un reglamento que debieron aprobar en 90 días

Cenizas Suministrada

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Más de dos años después de la firma de la Ley 40 de 2017, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) no ha aprobado el reglamento con las guías para el almacenamiento y depósito de los residuos de combustión de carbón, que el estatuto ordenó aprobar dentro de 90 días.

Durante una vista pública con relación al Proyecto del Senado (PS) 1221, que busca delimitar la definición de “uso comercial beneficioso” de las cenizas, según definida precisamente en la Ley 40, representantes del DRNA admitieron que la redacción del reglamento se encuentra detenida.

Ante cuestionamientos del representante Denis Márquez Lebrón, la directora de la Oficina de Control y Certeza de Calidad del DRNA, Frances Segarra, alegó que la aprobación del borrador se detuvo ante una presunta solicitud que hiciera el senador Larry Seilhamer, autor tanto de la Ley 40 como del PS 1221.

Sin embargo, la portavoz de prensa de Seilhamer, Sheila Angleró, negó que el legislador novoprogresista hubiera realizado tal petición.

Si bien la asesora legal del DRNA Laura Díaz reconoció que la agencia ha incumplido con el mandato de ley, sostuvo que existen otros reglamentos que regulan la disposición de desperdicios sólidos.

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“La agencia tiene otros reglamentos de desperdicios sólidos que aplican a estos casos. Lo que yo no tengo ahora mismo es un reglamento aprobado conforme a la Ley 40 para los usos beneficiosos. Eso fue lo que quedó en suspenso. Pero hay otro reglamentos que aplican a estos casos. No es que estamos sin reglamentación ninguna”, insistió Díaz en un aparte con Metro.

La agencia se mostró a favor del proyecto, sujeto a que se enmienden y añadan ciertas definiciones y a que se aumente de 30 a 180 días el término para aprobar los reglamentos correspondientes.

AES se defiende

Durante la vista de la Comisión cameral de Desarrollo Integrado de la Región Sur, la cogeneradora AES, que produce energía a partir de la quema de carbón en su planta en Guayama, señaló que, de aprobarse el PS 1221, posiblemente se verían obligados a reducir sus operaciones para cumplir con las reglamentaciones que se impondrían.

Entre otras cosas, la medida propone que las cenizas no puedan almacenarse más de 180 días, antes de ser exportadas. El proyecto dispone que el único uso beneficioso que se le podrá dar a los residuos de combustión de carbón sería como materia prima en la manufactura de materiales como cemento, plástico y otros productos sólidos.

De esta manera, quedaría prohibido el uso de Agremax, producto que AES vende comercialmente como relleno sanitario.

Según la ponencia que leyó el director del Complejo Caribeño de AES, Jesús Bolinaga, la empresa “podría verse obligada a reducir, y en ocasiones hasta detener, la generación de energía en su instalación si el PS 1221 se aprobara sin enmiendas”.

La compañía sostiene que las exportación de residuos de carbón se complica por las leyes de cabotaje.

A preguntas de la presidenta de la comisión, Jacqueline Rodríguez, Bolinaga informó que la montaña de cenizas que la empresa mantiene en sus instalaciones en Guayama asciende a 484,000 toneladas.

Esta montaña es el eje de una controversia legal por multas ascendentes a $160,000 que el DRNA impuso a AES por no cubrir el material durante el paso del huracán María. Durante la vista, Bolinaga aceptó que la empresa transó por $35,000 otra multa que el DRNA había aplicado por el mismo incumplimiento unas semanas antes, cuando el huracán Irma amenazaba a la isla.

Además de AES y el DRNA, en la vista depusieron el Departamento de Salud y representantes del Campamento contra las Cenizas. Ambos se manifestaron a favor de la aprobación de la medida.

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