La secretaria del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), Tania Vázquez Rivera, fue enfática al afirmar que la empresa Applied Energy Systems (AES) ubicada en Guayama deberá cumplir con las órdenes emitidas por la agencia, luego de que un análisis revelara excesos de contaminantes en las aguas subterráneas aledañas a las cenizas de carbón que quema la planta para la producción de energía.
“Se le emitió la multa y se le hicieron unos requerimientos con los que tienen que cumplir”, subrayó Vázquez Rivera en entrevista con Metro, al tiempo que aseguró que no teme enfrentar a AES ante un tribunal.
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“Nosotros estamos claros y la multa se dio basada en la evidencia científica que se ha estado requiriendo en el último año, aquella que no sometieron, y los elementos que salieron fuera de los estándares establecidos”, argumentó.
La multa impuesta por el DRNA a AES asciende a $160 mil, al amparo de la Ley Número 416 del 2004 conocida como Ley sobre Política Pública Ambiental, por no haber cumplido con órdenes administrativas y presentar información requerida como planes de muestreo y resultados de pruebas, así como información sobre el almacenaje de miles de toneladas de cenizas.
La empresa AES reconoció el 4 de marzo que el análisis de muestras contenido en su reporte de “Monitoreo de agua subterránea 2018” evidenció la presencia de selenio, litio y molibdeno por encima de los estándares de protección de aguas subterráneas. Un análisis del Centro de Periodismo Investigativo (CPI) reveló que el nivel de arsénico estuvo cerca de superar el estándar permitido. Los cuatro componentes cuya presencia es excesiva en los pozos de agua aledaños a AES y que son parte del Acuífero del Sur son perjudiciales para la salud de personas, con efectos que van desde vómitos y dolores agudos, hasta cancerígenos, cardiovasculares y muerte por envenenamiento, por mencionar algunos.
La secretaria del DRNA relató que, tras los resultados del reporte de 2017, que ya había arrojado niveles por encima de los estándares aceptables por ley, la agencia se mantuvo emitiendo órdenes a AES.
“Nosotros, durante todo el año (2018), les estuvimos emitiendo órdenes administrativas y se les sometió y se les ordenó hacer ese segundo muestreo en el que yo estuviera presente. El muestreo se da y con ese muestreo se les pidió otras pruebas adicionales, no lo que ellos están haciendo con la legislación federal, sino adicional, bajo la legislación estatal”, relató. “Ellos me someten alguna de esa información. Por ejemplo, nunca me sometieron los planes de muestreo que se le pidieron, no me dieron resultados analíticos de muestras de agua y sedimento de las charcas de retención, no hicieron unos parámetros adicionales, aunque sí cumplieron con otras determinaciones”, explicó.
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El DRNA sostuvo que ya le había advertido a AES que se exponían a una multa administrativa por incumplimiento. Aún así, según la agencia, la empresa no cumplió con las órdenes y no es hasta que la propia compañía publica su reporte que Recursos Naturales tiene acceso a información previamente requerida.
“Cuando me envían los resultados de ese segundo muestreo, no me envían unos resultados certificados, no me los dan hasta que ellos publican los resultados”, dijo Vázquez Rivera. Ante la determinación del DRNA, la empresa generatriz de energía sugirió que la agencia estatal no tenía jurisdicción para emitir la multa, dado que la Reglamentación de Residuos de Combustión de Carbón (RCC) federal no contemplaba ese tipo de disposiciones.
“Este reglamento federal de RCC no contempla la imposición de multas si algunos de los constituyentes examinados resultan tener niveles por encima de los estándares de protecciones de aguas subterráneas, que se disponen en el propio reglamento”, argumentaron. Pero la secretaria del DRNA respondió el alegato.
“AES está muy equivocado. Yo creo que debería revisar lo que es ‘jurisdicción’. Todos los estados tienen jurisdicción sobre las aguas subterráneas; es una jurisdicción estatal”, afirmó a este medio. La titular sostuvo, además, que ante los hechos también ordenó a la empresa realizar muestreos trimestrales ante su presencia. Asimismo, enfatizó en que más allá de la multa, “es el plan de remediación lo más importante”.
Una vez salen estos resultados, le digo [a AES], no solo te voy a dar la multa, sino que ya que tengo la prueba empírica —la evidencia—, ahora me tienes que dar un plan de remediación y ahora vas a hacer todos estos muestreos y todos estos análisis trimestrales conmigo allí”, advirtió, añadiendo que a la empresa le corresponde ahora desarrollar un plan de remediación que sea aceptable para la agencia.
“Ellos tienen que someter ese plan de remediación ya”, puntualizó Vázquez Rivera. Según la titular, la aplicación del plan debía comenzar de forma inmediata, aunque reconoció que los planes de remediación en estos casos son a largo plazo. “Yo me tengo que asegurar (del cumplimiento y efecto) con muestreos constantes a través de los años”, indicó.
“Se va a analizar y se va a determinar si, en efecto, es correcto o los medios científicos que se van a utilizar para remediar son los aceptables por la agencia. Dentro de lo que sometan en ese plan, yo tomo una determinación y le digo: ‘No inventes, o tiene que ser en menos tiempo o tiene que ser de esta manera’”, aseguró.
La pasada semana el gobernador Ricardo Rosselló Nevares apoyó la determinación del DNRA y aseguró, además, que debe haber una transición hacia una producción de energía con “cero carbón”.
“A mediano y largo plazo, nosotros estamos transicionando a que tengamos una producción energética de cero carbón”, dijo. “Hay otros esfuerzos en la transición que se están trabajando que estaremos divulgando, pero que están en proceso de negociación para poder mover las cenizas, entre otras consideraciones”.