Tras haber recibido el proyecto, el gobernador Ricardo Rosselló Nevares emitió su veto expreso al Proyecto del Senado 950, el cual buscaba establecer la Ley para la protección de la mujer en los procedimientos de terminación de embarazo y la preservación de la vida.
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El primer ejecutivo estableció que existen varias razones fundamentales que impiden la firma del proyecto, entre las cuales está el derecho a la intimidad de la mujer.
“Reiteramos nuevamente nuestra defensa por salvaguardar del derecho a la intimidad de todos nuestros ciudadanos y, en este caso particular, lo que reconocemos como un derecho fundamental de la mujer. El estado no debe intervenir en su decisión, más allá de las normas constitucionales para garantizar su salud, seguridad y otros derechos fundamentales”, sentenció el primer ejecutivo en la misiva.
En cuanto a la orientación sobre las opciones de planificación familiar y ayudas disponibles, Rosselló Nevares explica que esto no tiene paralelo en la doctrina del consentimiento informado reconocida y adoptada en Puerto Rico por el Tribunal Supremo.
El gobernador puntualizó que “una mujer puede ejercer su derecho a la intimidad y puede ya voluntariamente orientarse sobre su embarazo y el aborto sin que el Estado tenga que regular ese proceso personal e íntimo”.
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La medida vetada rompe, además, con la norma que impera actualmente en el más alto foro de Puerto Rico, al establecer que solo mujeres mayores de 18 años pueden tomar decisiones sobre su cuerpo sin el consentimiento de sus padres.
De acuerdo con la jurisprudencia actual, el criterio en casos de menores de edad es la carencia de madurez intelectual suficiente o de alguna discapacidad que violente la integridad de su decisión.
El primer ejecutivo expuso, incluso, que la norma jurisprudencial es más abarcadora y establece un procedimiento que permite analizar caso a caso si la menor pudiera tener la madurez intelectual y capacidad para prestar su consentimiento a tan importante decisión sobre su cuerpo.
Asimismo, el gobernador argumentó que la intención de documentar la decisión de una madre —con relación al bebé que nazca con vida ante un aborto fallido— podría estigmatizar a la mujer que toma una decisión sobre su cuerpo conforme a sus derechos constitucionales.
Por último, ante el establecimiento en el proyecto de unos requisitos para los centros o instalaciones de terminación de embarazos que podrían implicar su cierre de operaciones de manera permanente o temporal, Rosselló Nevares recordó que el ordenamiento administrativo ya establece guías y requisitos que permiten garantizar parámetros de calidad y seguridad para estas instalaciones.